El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado la anulación del acuerdo de pesca de la UE con Marruecos al considerar que vulnera los derechos del Sáhara Occidental. En una sentencia hecha pública este viernes, el tribunal de Luxemburgo ha desestimado los recursos del Consejo y la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General de la UE del 2021, que tumbaba la decisión por la cual se había aprobado el pacto porque se había cerrado "sin el consentimiento" del Frente Polisari y se celebraron vulnerando los principios de autodeterminación y del efecto relativo de los tratados. Así pues, el TJUE ha puesto fin al litigio sobre el acuerdo y su protocolo y da la razón en el Frente Polisario que había demandado la UE y los 27 porque el proceso de consulta sobre el pacto de pesca firmado en el 2018 no había contado con la voz del pueblo saharaui.
La aplicación de este protocolo expiró el pasado 17 de julio de 2023, cosa que supuso la suspensión de la actividad, un hecho que afecta especialmente a España, ya que 92 de las 138 licencias que pescan en la zona corresponden a su pabellón, en concreto, en las flotas andaluza, gallega y canaria.
Antecedentes del acuerdo
El TJUE se ha pronunciado sobre los recursos presentados por el Consejo y la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General de la UE, de primera instancia, del 2021, que tumbó el acuerdo de pesca, asegurando que vulneraba los derechos del Sáhara Occidental. Aunque dio la razón al Frente Polisario, dejó vigente de forma temporal el pacto para evitar "graves consecuencias diplomáticas". La abogada general del TJUE, Tamara Capeta, se pronunció el pasado mes de marzo en la misma línea y defendió la anulación del acuerdo de pesca al considerar que no trataba el territorio del Sáhara Occidental y sus aguas adyacentes como "separados y diferentes" de Marruecos. En aquel momento, aseguró que el "Consejo no respetó el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui", y recordó que el Frente Polisario expresa los "intereses y deseos" de una parte del pueblo del Sáhara Occidental.
En 2006, la Unión Europea y Marruecos firmaron un acuerdo de pesca que facilitaba, entre otras cuestiones, el acceso de barcos españoles a sus aguas, pero también a las aguas saharauis. A partir de las quejas de la ONG Western Sahara Campaign, en febrero del 2018 el Tribunal de Justicia de UE dictaminó que este pacto no se podía aplicar al Sáhara Occidental porque "conculcaría determinadas normas del derecho internacional" y "en especial el principio a la libre determinación". Los 27 optaron por rehacer el acuerdo e intentar garantizar el acceso a estas aguas. En octubre del 2018, la Comisión Europea propuso un nuevo pacto haciendo una consulta a varios actores en la zona para poder cumplir con el requisito que marcaba Luxemburgo: el consentimiento de la población. Sin embargo, el Frente Polisario no quiso participar denunciando que Rabat no tenía autoridad para negociar con Bruselas un acuerdo sobre las aguas del Sáhara Occidental.
La postura de la Unión Europea
El nuevo acuerdo de pesca contó con el apoyo del Parlamento Europeo y se firmó en marzo de 2019. La Eurocámara aceptó la consulta que la Comisión Europea había hecho en los territorios saharauis, afirmando que el pacto era "beneficioso para la población local". Mientras que el Frente Polisario denunció que las instituciones de la UE "le impidieron ejercer su competencia para expresar el consentimiento del pueblo saharaui".
La Unión Europea admitió que la situación actual en el Sáhara Occidental "no permite la consulta directa de las personas interesadas, ya que estas no han podido ejercer su derecho a la autodeterminación y no tienen un gobierno autónomo". "La cuestión de la identificación de los miembros del pueblo de los territorios no autónomos es, además, una cuestión muy compleja". Sin embargo, la UE aseguró que había consultado "una amplia gama de organizaciones políticas y sociopolíticas locales y de representantes de la sociedad civil", y también en el Polisario. En aquel momento, defendió que la consulta los había llevado a concluir que el pueblo saharaui estaría a favor de incluir sus aguas al acuerdo porque "no es un asunto político, sino una cuestión de desarrollo económico y social".
La sentencia de este viernes constata que este consentimiento no existe y considera al frente Polisario como un interlocutor privilegiado en el marco del proceso y que cumple los requisitos para poder impugnar estos acuerdos en interés del pueblo saharaui. Sin embargo, a diferencia de lo que declaró el Tribunal General, el TJUE considera que el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental a los acuerdos controvertidos no tenía que ser necesariamente explícito, es decir, que puede darse por hecho cuando no se crean obligaciones para este pueblo y la explotación de sus recursos naturales le reporta algún tipo de ventaja. Sobre esta cuestión, el TJUE reconoce que los acuerdos no crean obligaciones jurídicas sobre el Sáhara Occidental, pero tampoco le otorgan ningún derecho ni ventaja sobre la explotación de sus recursos.