Tres militantes “antifascistas” del Sindicat d'Estudiants dels Països Catalans (SEPC) vinculados a la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB) llevan España al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) a raíz de una condena por romper una bandera española. Los hechos ocurrieron en abril de 2016, en el marco de una protesta contra la presencia de la asociación derechista Societat Civil Catalana en el recinto de la UAB. Los militantes del SEPC rompieron una “rojigualda”, hecho por el cual fueron denunciados y condenados por varias instancias judiciales a pagar una multa de 6.000 euros.
Tal como explica la defensa de los estudiantes condenados, que recae en Alerta Solidaria, Societat Civil Catalana denunció los hechos y el entonces fiscal de delitos de odio Miguel Ángel Aguilar pidió 10 años de prisión y 35.000 euros de multa por los supuestos delitos de coacciones y ultraje a la bandera, circunstancias que la defensa de los condenados tilda de “persecución de carácter claramente ideológico contra el independentismo y el antifascismo”. Los tribunales, no obstante, los condenaron solo por ultraje a la bandera y establecieron un importe menor de multa.
Ocho años de tribunales
En un primer juicio celebrado en 2019 en los juzgados de Sabadell, los tres estudiantes fueron condenados por el delito de ultraje a una multa de 6.000 euros. Posteriormente, en 2020 la Audiencia provincial de Barcelona los absolvió de todos los cargos, pero Societat Civil Catalana recurrió la sentencia y el caso llegó al Tribunal Supremo, cuya Sala Segunda —presidida por el magistrado Manuel Marchena, encargado de la causa del procés— revocó en 2022 la absolución y volvió a condenarlos. Finalmente, en abril de este 2024, el Tribunal Constitucional ha emitido una última resolución en la que ratifica la condena a pagar 6.000 euros de multa.
La defensa sostiene que es “libertad de expresión”
En contra de esta última resolución del TC, la defensa de los estudiantes llevará el caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, instancia europea vinculada al Consejo de Europa y al cumplimiento del Convenio Europeo de Derechos Humanos por parte de los estados miembros, como es España. Alerta Solidaria alega que los tribunales españoles han vulnerado el derecho a la libertad de expresión, recogido en el artículo 10 del Convenio, ya que consideran que este derecho engloba el hecho de romper la bandera. En este sentido, la defensa remite a otras sentencias del propio TEDH sobre casos similares, como por la quema de fotos del Rey.