La ley de amnistía continúa su camino en el Tribunal Constitucional sin sorpresas. Ahora, el TC ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad que presentó el Partido Popular contra la norma del olvido penal. Es un trámite que estaba previsto inicialmente para el 24 de septiembre, pero que se tuvo que posponer porque los populares tuvieron que solucionar algunos errores formales. Y ha sido ahora, dos meses después de que los diputados y senadores del PP lo registraran, que se ha debatido por primera vez. A la deliberación sobre el recurso del PP, han participado tanto Cándido Conde-Pumpido (el presidente del TC) como Laura Díez. El PP recusó a los dos magistrados por su “vinculación” con el PSOE, pero el Constitucional descartó apartarlos. Quien no ha formado parte ha sido el exministro Juan Carlos Campo, que se apartó de todos los debates sobre la amnistía. Además, el TC ha rechazado hoy por prematura la recusación de José María Macías que impulsó la Abogacía del Estado. En paralelo, el Tribunal de Garantías también tiene sobre la mesa los quince recursos de inconstitucionalidad que impulsaron las comunidades autónomas. De momento, está estudiando si las comunidades están legitimadas para recurrir al TC una ley de naturaleza penal. El recurso del PP sigue los pasos de la cuestión de inconstitucionalidad que impulsó la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo contra el artículo 1 de la ley y que fue admitida a trámite el pasado 11 de septiembre.
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“Este recurso no solo era necesario, sino que es una obligación moral del Partido Popular como único partido de estado, responsable y fiel a la Constitución”, defendió Cuca Gamarra el día que el PP registró el recurso. Los populares, que no han remitido a la prensa el documento íntegro, denunciaban “todas las infracciones y vulneraciones” de la Carta Magna en las que consideran que incurre la amnistía, que sostienen que “solo busca borrar delitos que han sido cometidos” para que Pedro Sánchez “pueda permanecer” en el poder “destruyendo el principio de igualdad de todos los españoles ante la ley”. “Siempre hemos defendido que esta ley era inconstitucional, pero además estábamos ante una ley inmoral, que solo tiene una premisa: otorgar inmunidad a una casta política a cambio de su apoyo parlamentario”, remachó la secretaria general del PP. Al día siguiente, el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, quitó hierro al recurso del PP y lo calificó como una “pantomima” y como el “último acto de teatro” de los populares.
En paralelo, Jordi Turull presentó a mediados de octubre un recurso de amparo pidiendo al TC que suspenda cautelarmente la inhabilitación a cargo público que tiene hasta 2030 y que el Supremo se ha negado a revocar desoyendo la norma del olvido penal. Mientras tanto, el Supremo ha paralizado la aplicación de la amnistía a Josep Rull, Carme Forcadell, Joaquim Forn, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart: aunque les extinguió la inhabilitación en febrero de 2023, no les ha suspendido los antecedentes penales que tienen por el delito de desobediencia y no hará nada hasta que el Constitucional haya resuelto la cuestión de inconstitucionalidad.
Cándido Conde-Pumpido y Laura Díez pueden participar en la deliberación
Cuando presentó el recurso de inconstitucionalidad, el PP también exigió que el TC fuera un tribunal “imparcial e independiente” a la hora de estudiar la presunta inconstitucionalidad de la ley de amnistía. Con este objetivo, los populares recusaron a Cándido Conde-Pumpido (que fue fiscal general del Estado entre 2004 y 2011, con José Luis Rodríguez Zapatero en la Moncloa), a Laura Díez (que fue directora general de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica, un órgano directivo del Ministerio de la Presidencia, entre febrero de 2020 y mayo de 2022) y a Juan Carlos Campo (que fue ministro de Justicia de Pedro Sánchez de enero de 2020 a julio de 2021). Hace semanas, el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, avisó de que si no prosperaban las recusaciones, los populares tendrían “muchas dificultades para entender” que el futuro veredicto del TC sea dictado por “personas independientes” y denunció que el actual Constitucional es el que tiene “más sospechas de parcialidad”. En el caso de Campo, fue él mismo quien pidió apartarse esgrimiendo que en el informe sobre los indultos a los presos políticos sostuvo que una amnistía sería “claramente inconstitucional” y el TC lo aceptó en todos los debates sobre la amnistía.
Con respecto a Cándido Conde-Pumpido, el TC descartó la recusación esgrimiendo que las causas que motivaron su abstención en 2021 en todos los recursos de amparo derivados de la sentencia del Supremo contra los líderes del procés “no coinciden con el enjuiciamiento constitucional de una ley penal que no existía a la hora de suscitarse la abstención”. El Constitucional señaló que las “manifestaciones controvertidas” de 2017 “no se referían al problema constitucional suscitado ahora” y subrayó que “ni por el objeto y el contenido impugnatorio de los procesos constitucionales ni por el origen fáctico de la abstención es posible apreciar” la conexión que denunciaba el PP, cosa que “evidencia su falta de fundamento y determina su inadmisión a trámite”.
Finalmente, sobre Laura Díez, el TC rechazó la recusación argumentando que “ninguno de los argumentos examinados llega a constituir ni siquiera un principio de prueba de la falta de apariencia de imparcialidad que se alega, sin que sea admisible esgrimir varias causas de recusación sin argumentar mínimamente las razones por las cuales se estiman concurrentes”. El pleno también recordó que la doctrina del Constitucional fija que una “eventual afinidad ideológica no es en ningún caso factor que disminuya la imparcialidad para juzgar los asuntos que tiene que decidir y no constituye por sí sola causa de recusación”.
Los recursos de las comunidades autónomas del PP, a la espera
En paralelo al recurso de inconstitucionalidad impulsado por los diputados y senadores del PP, el Constitucional está estudiando los quince recursos que presentaron las comunidades autónomas (once presididas por los populares, Emiliano García-Page y tres parlamentos). Laura Díez es la ponente del recurso de inconstitucionalidad que presentaron las Cortes de Aragón (el primero registrado por una institución autonómica) y está analizando, de la mano de los letrados, si las comunidades autónomas están legitimadas para recurrir una ley de naturaleza penal. La Ley Orgánica del Tribunal Constitución especifica que las autonomías solo pueden recurrir las leyes del Estado que “puedan afectar a su propio ámbito de autonomía” y ahora se está estudiando si la amnistía responde a esta previsión.
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📝 Segunda ofensiva de las autonomías del PP contra la ley de amnistía en el TC
Hace un mes, fuentes del TC consultadas por ElNacional.cat alegaron que lo que se está haciendo es “analizar una serie de requisitos” para admitir o no los recursos presentados y dejaron claro que, con este gesto, “no se suspende nada” y “todo sigue su curso”. El recurso que estudia Díez será la “cabecera de la cuestión” y, por lo tanto, la decisión que apruebe el pleno en este caso acarreará el resto de recursos.