Después de que este domingo miles de personas salieron a la calle para protestar contra la suspensión de medidas en materia de emergencia social por parte del Tribunal Constitucional, y después de que el pasado 29 de abril el Gobierno -en funciones- presentara un recurso de inconstitucionalidad contra los artículos de la ley de pobreza energética que afectan a los desahucios y obligan a las entidades financieras a ceder los pisos vacíos, hoy el TC ha decidido admitirlo a trámite y, por lo tanto, suspende cautelarmente estos preceptos de la Ley 24/2015 por un mínimo de cinco meses.
Así lo han anunciado a través de una providencia, que explica que el TC trasladará esta decisión tanto al Congreso como al Senado, así como al Parlament y la Generalitat para avisarlos que tienen quince días "para personarse en el proceso" y para presentar las alegaciones que crean convenientes.
La admisión a trámite de un recurso presentado por el Ejecutivo estatal representa una suspensión cautelar automática de la ley durante cinco meses "sin que el Tribunal Constitucional pueda tomar una decisión que difiera de lo allí establecido", porque el Gobierno español solicitó la medida.
Esto es así porque el Gobierno invocó el artículo 162.1 de la Constitución, que establece que "el gobierno podrá impugnar ante el TC las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas. La impugnación producirá la suspensión directa o resolución recurrida, pero el Tribunal , en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses".
Pasado este periodo, pues, el TC tiene dos opciones: o prorrogar o suspender la medida.
Respuesta del Govern
El Govern prepara un decreto para mantener los “efectos” de la ley que ha suspendido parcialmente el TC. El Ejecutivo, los promotores de la ILP que dió pie a esta norma y el Consell de l’Advocacia han celebrado ya seis reuniones para concretar les medidas de este decreto que se presentará en los próximos dias.
El texto, según ha informado la consellera Neus Munté en la rueda de prensa posterior a la reunión del consejo ejecutivo, tendrá un trámite de lectura única para recortar el periodo del recorrido para la aprobación ante la Cámara catalana. El objetivo es que tenga los mismos efectos jurídicos que la ley suspendida "injustamente”.
La consellera de Presidència ha criticado que el recurso ante el TC contra esta norma es “un fracaso del mismo Gobierno del Estado, que opta por judicializar” una ley que pretendía que las instituciones pudieran “proveer a las personas más vulnerables”.
¿Qué se suspende?
A pesar de no suspender algunos artículos sociales que prevén medidas directas de apoyo a las personas en riesgo de exclusión, ni los aspectos que ayudan a favorecer los realojos, sí que ha quedado anulada la obligación de los bancos de ofrecer un alquiler en las familias antes de ser desahuciadas, así como la cesión temporal obligatoria a las administraciones que lo requieran del uso de viviendas vacías de entidades financieras.
Y no sólo eso. El TC también ha fulminado la obligatoriedad de mediación entre los bancos y las familias para cancelar la deuda hipotecaria tanto para quien pueda estar a punto de perder su casa como para el que arrastre una deuda tiempo después de perder su vivienda.
"Igualdad entre los españoles"
Cuando la vicepresidenta en funciones, Soraya Sáenz de Santamaría, anunció que el Gobierno central había presentado el recurso, defendió haberlo hecho por razones "estrictamente económicas" y no políticas".
Razones que justificó con la premisa de que estos apartados de la ley de emergencia habitacional vulneran competencias estatales en materia de legislación civil porque no respetan "el principio de igualdad entre los españoles por leyes similares en otras autonomías", pueden incurrir en "daños irreparables" y, además, "genera un daño especial a una clase de entidades que forman parte del sistema financiero".
Cuando el Estado presentó el recurso, hacía sólo veinticuatro horas que la vicepresidenta en funciones se había reunido con el vicepresident del Govern y conseller d'Economia, Oriol Junqueras, una reunión que se mostraba esperanzadora porque se esperaba que en aquella jornada posterior del Consejo de Ministros no se suspendiera ningún apartado de la ley.
Sáenz de Santamaría ya avisó a principios de mayo que si el Govern ignoraba al Estado y salía adelante con esta legislación, el Ejecutivo español "continuará con esta dinámica" de enviar recursos al TC.
Más prohibiciones
A principios de abril de este año, el TC ya estimó parcialmente el recurso del Gobierno -y por tanto, lo suspendió- en contra del decreto de pobreza energética de 2010, que impedía que las suministradoras cortaran el agua, la electricidad o el gas por impago de las facturas.
Fue entonces cuando el Govern decidió ampararse en la ley de Pobreza Energética para garantizar el suministro a los ciudadanos en situación de vulnerabilidad económica porque, además, una ley tiene un rango superior a un decreto.