Desconcierto. La consejera del departamento 2.º de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas ha dictado, este miércoles, una provisión, en la cual denega la práctica mediante videoconferencia de la prueba de interrogatorio del presidente en el exilio, Carles Puigdemont, que fue admitida en la audiencia previa del 6 de diciembre de 2022, a propuesta de los codemandados Lluís Puig, exonseller, Josep Manuel Suárez y Martí Anglada. La consejera Elena Hernáez afirma qué la petición "no se ha realizado con la antelación suficiente para poder ser tramitada en los términos previstos por la Ley". Sostiene que los solicitantes "han tenido casi un año para poder realizar su petición y, no obstante, no lo han formulado hasta que faltaban cuatro días, este lunes, para la práctica de la prueba en el juicio", por el gasto del 1-O y de la promoción de Catalunya en el exterior, fijado este viernes. El abogado Gonzalo Boye, defensor de Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí, ya ha anunciado que presentará recurso contra esta resolución.
El juicio del Tribunal de Cuentas se dirige contra 35 excàrrecs de los gobiernos de Artur Mas y de Carles Puigdemont, a los cuales la Fiscalía reclama 3,2 millones de euros y Sociedad Civil Catalana, 5,3 millones por los gastos del 1-O y de la promoción de Cataluña al exterior entre los años 2011 y 2017.
ERC pide la suspensión por la amnistía
Por su parte, ERC ha comunicado que la defensa de los miembros de Esquerra Republicana encausados en el Tribunal de Cuentas presentó este martes por la tarde un escrito al tribunal solicitando la suspensión de la vista prevista para este viernes, así como todo el procedimiento, a la espera de la aprobación de la ley de amnistía, registrada este lunes en el Congreso de los Diputados, y que incluye este procedimiento contable. ERC cita que entre encausados del partido hay el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa, y otros que fueron altos cargos de la Generalitat, como por ejemplo Aleix Villatoro, Josep Ginesta, Sergi Marcén, Erik Hauck, Maria Kapretz y Ewa Cylwik.
Falta de motivación
En la providencia, la consejera Hernáez concluye que “a solo dos días de la celebración del acto de la práctica de la prueba, no resulta posible tramitar la petición realizada por los tres codemandados, consistente a practicar la prueba de interrogatorio de parte admitida mediante el sistema de videoconferencia”. Razona que para aprobar esta modalidad de práctica probatoria de carácter excepcional, “como recogen los artículos 169.4 y 313 de la ley de enjuiciamiento civil (LEC)”, “los codemandados ni han justificado de manera suficiente la concurrencia de las causas por la cuales resulta imposible o muy onerosa la comparecencia de Puigdemont, ni tampoco han presentado su solicitud con una antelación suficiente y razonable a fin de que esta consejera hubiera podido valorar adecuadamente tanto la concurrencia de estas circunstancias excepcionales”, y dotar el juicio de un sistema de videoconferencia.
Proyecto de ley
Finalmente, la consejera afirma que “a efectos meramente ilustrativos” el Proyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia prevé la adición de un artículo 137 bis en el vigente texto de la LEC, que regularía la “realización de actuaciones judiciales a través del sistema de videoconferencia” y en el apartado cuarto precisa: “El uso de mediados de videoconferencia tendrá que solicitarse con la antelación suficiente, y en todo caso, 10 días antes de lo señalado para la actuación correspondiente”.
Desde la defensa de Puigdemont y ex consejeros de Junts se indica que si la consejera hace referencia a un proyecto de ley sobre la aceptación de la videoconferencia, también podría aceptar el proyecto de ley de la amnistía y archivar el juicio del 1-O y Exteriores por economía procesal.