El Tribunal de Cuentas (TCu) se convierte en el primer tribunal que consultará al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si la ley de amnistía del procés vulnera los derechos de la UE, según ha adelantado Europa Press y ha confirmado ElNacional.cat este lunes. Así lo ha acordado la consejera del tribunal, Elena Hernáez, que juzgó a los presidents Artur Mas y Carles Puigdemont y al exvicepresidente Oriol Junqueras, junto con una treintena de excargos, acusados de efectuar un gasto de 3,4 millones de euros para la organización del 1-O y para la promoción de Catalunya en el exterior. La consejera, además, ha suspendido dictar sentencia hasta que conteste el TJUE, a pesar de que mantiene las medidas cautelares, que en este caso es mantener en cuentas del TCu los 5,4 millones de fianza, una parte de los cuales fueron aportados por la Caixa de Solidaritat y otras con avales del Institut Català de Finances.
La Fiscalía y las defensas se opusieron a ello, mientras que Sociedad Civil Catalana considera que la norma del olvido penal vulnera derechos. ERC y Junts, incluso, aseguraron que el TCu no es un tribunal ordinario que pueda realizar esta consulta a la UE. Los abogados Marc Marsal y Gonzalo Boye, en nombre de los demandados de ERC y de Junts, hicieron unos escritos muchos críticos frente a la propuesta de la consejera del Departamento 2 de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas. Recordaron que el procedimiento de este tribunal es opaco y sin garantías para las personas denunciadas.
Efectos en las causas del Supremo y del TSJC
Inicialmente, esta consulta del Tribunal de Cuentas solo es para el procedimiento contable del 1-O, pero si el TJUE acepta analizar la consulta, podría provocar que el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que, por ahora, no quieren aplicar la ley de amnistía a los líderes independentistas catalanes y a sus mandos, podrían frenar su resolución hasta saber qué manifiesta la justicia europea. Además, el Tribunal Constitucional (TC), órgano al que quiere consultar el Supremo, tendría que parar su análisis de la ley de amnistía hasta conocer la respuesta del tribunal europeo porque el TJUE es un órgano superior.
Dos precedentes: tribunales de Grecia y catalán
En la resolución, de 56 llanuras, la consejera sostiene que el Tribunal de Cuentas puede presentar prejudiciales al TJUE si ejerce funciones jurisdiccionales, como sostiene que es la causa del 1-O y Exteriores. Y detalla dos precedentes: una sentencia del 2023 a raíz de una consulta del Tribunal de Cuentas de Gracia y otra del 2015 por el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público.
Ocho cuestiones prejudiciales
El tribunal ha informado que la consejera del Departamento 2.º de la Sección de Enjuiciamiento ha dictado un auto por el que plantea ocho cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en relación con una serie de artículos de la Ley Orgánica 1/2024. Los artículos de la ley cuestionados en la resolución son los que regulan: el “principio de la lucha eficaz y disuasiva contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte los intereses financieros de la UE”; “principio de cooperación leal”; “principios de igualdad y de no discriminación”; “principios de seguridad jurídica y confianza legítima”; y “principio del Estado de derecho y de tutela efectiva en el proceso judicial”.