¡Excepcional! El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha pedido a los 9 presos políticos catalanes y al Reino de España que informen de los "efectos" que ha tenido la ley de amnistía en sus casos, según han informado fuentes jurídicas a ElNacional.cat, este miércoles. El TEDH cerró el proceso de alegaciones de la demanda de los líderes sociales y políticos independentistas por vulneración de derechos por parte del Tribunal Supremo el septiembre pasado, con las segundas observaciones. En ellas, la Abogacía del Estado, en nombre del Reino de España, informaba al tribunal, de que el Gobierno había aprobado la ley de amnistía para cerrar su procedimiento para favorecer la normalidad  social y política de Catalunya después del proceso fallado de independencia.

Con el caso pendiente de sentencia, el abogado de Jordi Turull, el penalista Jordi Pina, envió un escrito al tribunal con sede en Estrasburgo, donde que le alertaba que  la Abogacía del Estado no le daba la información de forma completa porque la norma del olvido penal no se aplicaba al exconseller y secretario general de Junts por la negativa del Supremo. Ni tampoco a ninguno de los líderes políticos.  Ahora, y de forma excepcional, el TEDH ha pedido a todas las partes personadas -es decir, a los cargos de Junts y ERC en el Govern del 2017 condenados, y los expresidentes de Òmnium y la ANC, además del Estado- que informen sobre su aplicación. Tienen hasta el 15 de noviembre. La respuesta de los presos políticos es clara: cero efectos.

Con esta nueva petición de información  del TEDH, se desdibuja el temor de que el tribunal no entre en el fondo de la causa  de los presos políticos porque fueron indultados por el Gobierno y  por la entrada en vigor de ley de amnistía. La acción del tribunal es excepcional porque solo se admiten nuevos escritos u observaciones adicionales si hay algún hecho  o prueba nueva.

"Se pide a las partes que informen al Tribunal sobre el curso del procedimiento de aplicación de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio de 2024, para la normalización institucional, política y social en Catalunya, así como sobre las posibles consecuencias de su aplicación respecto a cada uno de los solicitantes". Esta es la pregunta del TEDH comunicada a las partes el pasado viernes, y añade: "El Tribunal recuerda que corresponde a las partes informarlo de cualquier desarrollo ulterior relativo a las peticiones pendientes ante ella." Es  decir, es una recriminación a la Abogacía del Estado.

Una omisión "llamativa"

Precisamente, en su escrito, el abogado Jordi Pina expone que la ley 1/2024 entró en vigor el 11 de junio pasado, y que el Tribunal Supremo descartó aplicar la amnistía a Jordi Turull, en una resolución del 1 de julio, al asegurar que estaba excluido porque se enriqueció  con la malversación del 1-O. Expone que la Abogacía del Estado en sus alegaciones, presentadas en agosto, ya sabía que el Supremo  lo había excluido de la amnistía, como también a los republicanos Oriol Junqueras, Dolors Bassa y Raül Romeva. Por eso, Pina sostiene que "este silencio de la representación de España en el escrito presentado al TEDH resulta llamativo".

Finalmente, Pina detalla al tribunal que el Supremo, en segunda instancia, ha negado la amnistía a Turull, y que ya ha presentado un recurso de amparo al Tribunal Constitucional.

Por ahora, el Supremo ha vetado la aplicación de la amnistía a todos los presos políticos, incluso a los que solo les quedó el delito de desobediencia o de desórdenes públicos.