El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya ha pedido a todas las partes personadas en los tres procedimientos con una cuestión prejudicial contra la aplicación de la ley de amnistía al 1-O que presenten sus alegaciones, según han informado fuentes jurídicas a ElNacional.cat. Es una evidencia de la reactivación de las causas del 1-O en Europa, tal como ha hecho el Tribunal Constitucional (TC), del que se espera una respuesta sobre si la norma del olvido penal es constitucional o no antes del verano de 2025. Con respecto al tribunal con sede en Luxemburgo, sus resoluciones suelen tardar un año y medio. No obstante, el TJUE podría romper el bloqueo que mantiene el Tribunal Supremo para amnistiar los delitos malversación del 1-O a los principales exjefes del Govern de 2017, con una afectación directa al president Carles Puigdemont, que no puede volver del exilio, y a Oriol Junqueras, que vuelve a ser presidente de ERC, aunque —sin amnistía— no se puede presentar a unas elecciones hasta 2031.
La primera causa que llegó al TJUE, el julio pasado, es la consulta de una consejera del Tribunal de Cuentas (TCu), que cuestiona la ley de amnistía de arriba abajo, y por eso aplazó la sentencia y no aplicó la norma del olvido penal a los presidents Artur Mas y Carles Puigdemont, junto con una treintena de excargos, acusados de efectuar un gasto de 3,4 millones de euros para la organización del 1-O y para la promoción de Catalunya en el exterior.
La Fiscalía del Tribunal de Cuentas apuesta por aplicarles la amnistía, mientras que Sociedad Civil Catalana, nombre con el que se ha bautizado el asunto, se opone. Todos los abogados ya han presentado sus escritos, menos los de ERC, que en un error de notificación tienen hasta la primera semana de enero para hacerlo. Los abogados de Junts y de ERC expusieron al TCu que como no es un tribunal jurisdiccional no puede acudir al TJUE. El tribunal europeo lo puede resolver ahora, y no ir al fondo de la cuestión si comparte este razonamiento.
Un palo en la rueda de la sala de Marchena
La segunda consulta al Tribunal de Justicia de la UE fue hecha por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que el pasado septiembre, le presentó la prejudicial sobre si la amnistía de la malversación del 1-O puede ir contra la normativa europea. El TSJC lo hizo en la causa de los excargos de Economia i Hisenda, Josep María Jové y Lluís Salvadó (este último ha sido recuperar por Junqueras para ser el gerente del partido). El alto tribunal catalán dejó en suspenso el juicio a los excargos republicanos, junto con la exconsellera Natàlia Garriga, solo acusada de desobediencia, hasta la respuesta del TJUE. En esta causa también está Vox, como acusación popular, que es contraria a la amnistía, mientras que la Fiscalía la aprueba.
En su resolución, el tribunal, presidido por Jesús María Barrientos, dejó claro que Jové y Salvadó no se habían beneficiado personalmente del 1-O y, por lo tanto, podrían ser amnistiados, tal como fijó el Supremo, que solo veía un beneficio a los principales cargos políticos, es decir, al president Puigdemont y a los cuatro consellers condenados por malversación. La Fiscalía y los abogados tienen ahora hasta finales de enero para presentar sus argumentos ante el TJUE.
La respuesta del TJUE será clave, porque no solo puede beneficiar a Jové y Salvadó, sino también a la treintena de cargos, investigados en el juzgado de instrucción 13 de Barcelona, que esperan ser amnistiados y cuyo caso actualmente está en un bucle procesal, según denuncian sus abogados.
La resolución del TJUE sobre Jové y Salvadó también podría cortocircuitar el plan del Tribunal Supremo de aplazar la aplicación de la amnistía hasta al máximo posible. La sala —hasta ahora presidida por el magistrado Manuel Marchena, que será relevado— ya amenazó al Tribunal Constitucional que si aprobaba la amnistía, presentaría una prejudicial al TJUE para demorar, todavía más, la aplicación de la norma del olvido penal.
El Supremo, sin embargo, se puede encontrar con que cuando vaya al TJUE, este ya haya resuelto antes las causas de la amnistía en general y sobre la malversación, o le falte poco. Eso puede implicar que el tribunal europeo pueda responder al Supremo que ya ha contestado la consulta que le plantea, y que no admite una similar. Si es así, los afectados pueden ganar unos meses para que el alto tribunal español acate antes lo que le marca su superior europeo. Con todo, el alto tribunal español siempre puede interpretar las resoluciones, como ya hizo con Junqueras.
El supuesto terrorismo de los CDR
Finalmente, el Tribunal de Justicia de la UE también ha puesto deberes a las partes personadas en la Audiencia Nacional en el caso de los 12 CDR de la operación Judas, acusados de terrorismo por la Fiscalía y la Asociación Catalana de Víctimas de Terrorismo (ACVOT), aunque las personas procesadas no provocaron ni muertos, ni heridos, ni daños. Las defensas de los ciudadanos —la mayoría asistidos por abogados de Alerta Solidària— y las acusaciones tienen hasta mediados de febrero para presentar sus argumentos.
En este caso, la Fiscalía también defiende que hay que aplicarles la norma del olvido penal porque no causaron daños y todo fue en grado de tentativa. La Audiencia Nacional presentó la consulta al tener dudas —indicó— de que se pueda amnistiar el delito de terrorismo, y aduciendo que no se puede separar un terrorismo de baja y alta intensidad. La acusación de terrorismo, no obstante, ha sido exagerada y para anular el independentismo catalán, dicen las defensas.
Así, 2025 puede abrir nuevos caminos para resolver los casos de amnistía pendientes.