Aplazamiento sin muchas explicaciones. El Tribunal Supremo ha informado de que aplaza, sin fijar nueva fecha, la vista para debatir el recurso presentado por la exconsellera Clara Ponsatí contra su procesamiento, fijada para el próximo 10 de enero. El abogado de la exconsellera, Gonzalo Boye, presentó recurso contra la resolución de procesamiento por desobediencia por el 1-O dictado por el juez Pablo Llarena. En la providencia, comunicada este martes, el Supremo afirma que aplaza la vista por "cuestiones de agenda" y el "trato preferente de otras causas". La tramitación de la ley de amnistía, presentada por el PSOE, en el Congreso de los Diputados podría ser un motivo más claro.

 

En concreto, el tribunal —formado por los magistrados Vicente Magro, presidente, Susana Polo y Eduardo de Porras— precisa que hace esta modificación, siguiendo las “normas de reparto vigentes este año” en el alto tribunal español, y que se comunique el aplazamiento a la defensa de la exconsellera de Junts, así como a las acusaciones, la Fiscalía y el partido ultra VOX.

A un paso de juicio

El juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, dictó, el julio pasado, una resolución con la cual cierra la investigación respecto a la exconsellera y europarlamentaria de Junts, Clara Ponsatí, hecho que la deja a un paso de juicio por el delito de desobediencia al Tribunal Constitucional (TC) por haber impulsado el 1-O y el proceso de independencia de Catalunya. El delito de desobediencia no implica penas de prisión.

El magistrado de la causa del Procés acordó la conclusión del sumario de Ponsatí, justo el día siguiente que ella volviera a Barcelona, fuera detenida por los Mossos de Esquadra y le permitiera declarar en un juzgado de guardia de la ciudad, y no ser conducida hasta Madrid. En la segunda citación tampoco se personó en el Supremo, en Madrid, y el juez acordó su procesamiento. Ahora, en la vista aplazada por el Supremo, Boye quería defender que la actuación de Ponsatí no fue delictiva.

El Supremo, si no acepta el recurso, también tendría que resolver donde se tiene que celebrar el juicio a la exconsellera, puesto que es europarlamentaria y para el alto tribunal es competencia del Supremo. La defensa insiste que el juez predeterminado por la ley es donde ocurrieron los hechos; en este caso, los juzgados de Barcelona, porque fueron acuerdos del Govern y del Parlament.

De rebelión a desobediencia

Clara Ponsatí fue procesada el marzo de 2018 por los delitos de rebelión y malversación de fondos, y Llarena la consideraba en "rebeldía" hacia el tribunal español porque no se personó y se fue a vivir al extranjero. Con la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a los líderes del Procés por sedición, el juez instructor cambió este delito a todos los exiliados, incluido el president Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig.

Finalmente, la derogación del delito de sedición por parte del Gobierno, obligó al Supremo a revisar la condena a los expresos políticos, y a Llarena, a los exiliados. A Ponsatí, solo le quedó el delito de desobediencia, que comporta una pena sin prisión, y por eso pudo volver sin peligro de ser enviada a un centro penitenciario. Para Puigdemont, Comín y Puig se mantiene el delito de malversación de fondos grave, que sí que implica penas de prisión, y el de desobediencia.