Nuevo frente judicial abierto contra la Fiscalía General del Estado (FGE). La sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha admitido a trámite la querella presentada por Alberto González Amador, la pareja de la presidenta de Madrid, Isabel Ayuso (PP), contra María Pilar Rodríguez Fernández, fiscal jefe ninguno de la Fiscalía de Madrid; y Julián Salto Torres, fiscal de la sección de Delitos Económicos de la misma Fiscalía, acusados del delito de revelación de secretos por funcionario, por la información difundida sobre el caso de su fraude fiscal. En una resolución, comunicada este martes, El tribunal también acepta la exposición razonada elevada por el titular del juzgado de instrucción 28 de Madrid, y admite el Colegio de la Abogacía de Madrid como acusación popular.

La investigación a dos fiscales por haber hecho público un comunicado de prensa es excepcional. La Fiscalía ha pedido el archivo de la querella al afirmar que en el comunicado, la Fiscalía de Madrid no dio datos personales, sino que aclaró noticias "tergiversadas" sobre su investigación, que atribuye al portavoz de la Comunidad de Madrid y mano derecha de Ayuso. Y es que se ha aclarado que la pareja de Ayuso fue quien  propuso a la Fiscalía un acuerdo para evitar ir a juicio por fraude fiscal, y no a la inversa. El querellante sostiene que el ministerio público difundió esta información (la propuesta de González enviada en un correo electrónico a la Fiscalía), que apareció en diversos medios de comunicación, revelando información privada.

 

Indicios delictivos

En la resolución, el TSJ de Madrid afirma que “sin que pueda entenderse nunca la admisión de una querella como un acto de imputación anticipada, ni una calificación ultimada de los hechos, tiene que investigarse el verdadero alcance del conjunto de los hechos relatados en el escrito de la querella, y así mismo analizados en la exposición razonada, porque solo de este modo puede cumplirse con una finalidad esencial del sumario, tal como se contempla en el artículo 299 de la LeCrim, y que consiste en la determinación de todas las circunstancias que puedan influir en la calificación de los hechos, siempre que estos revistan indiciariamente carácter delictivo”.

Derecho a la información

Todo y las prevenciones, el tribunal sostiene que hay indicios delictivos: "No se puede descartar la relevancia penal de los hechos descritos como constitutivos de las figuras apuntadas en la querella."  Además, añade que hay que aclarar si "el Ministerio fiscal se ha excedido en el derecho a la información que lo asiste", como recoge la normativa que regula su función y que incluye informar a la ciudadanía, puesto que -indica el TSJM- se trata de unas diligencias penales y, por lo tanto, "reservadas". La pareja de Ayuso  denuncia que un periodista le llamó y le preguntó por una investigación de la Fiscalía contra él por fraude fiscal, y que después algunos medios difundieron el correo electrónico que su abogado envió a la Fiscalía, como negociación.

El magistrado Francisco José Goyena Salgado  será el instructor de la causa y resolverá si se puede imputar el delito de revelación de secretos a los dos fiscales de Madrid.