Nueva resolución sobre la amnistía. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha resuelto que los mandos de ERC Josep María Jové y Lluís Salvadó "no se enriquecieron" a partir de los hechos que se les acusan por la organización del 1-O, que es uno de los motivos que la norma excluye para aplicar la extinción de responsabilidad penal. No obstante, el tribunal presidido por el presidente del TSJC, Jesús Maria Barrientos, afirma que tiene "reservas" sobre la legalidad de la ley de amnistía, y por eso ha acordado dar 10 días a las defensas de Jové y Salvadó, así como la Fiscalía, la Abogacía del Estado y a Vox  para que respondan si tiene que consultar estas dudas al Tribunal Constitucional y al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tal como solo se lo pidió el partido ultra. Así, por ahora el TSJC retrasa la aplicación de la amnistía para los tres mandos que tenía Oriol Junqueras el 2017 en el Departament de Economía y Hacienda

 La Fiscalía y la Abogacía del Estado pidieron la amnistía para Jové y Salvadó,  acusados de  los delitos de malversación y prevaricación, como también de la consellera de Cultura en funciones, Natàlia Garriga, solo procesada por el delito de desobediencia Esquerra también exigió que se les aplicara la norma del olvido penal.

 

Dudas de constitucionalidad

En la resolución -firmada por los magistrados Jesús María Barrientos, Carlos Ramos y  Fernando Lacaba-, el tribunal expresa la dificultad jurídica de esta causa por que todavía no ha sido juzgada y, por lo tanto, no hay hechos probados, y que se  ha de basar en los escritos de acusación y defensa. Con todo, el TSJC manifiesta que tiene "serias y fundadas dudas de adecuación de esta norma extintiva a principios y valores constitucionales superiores".

En concreto, en la resolución comunicada este martes por el gabinete de prensa del TSJC, el tribunal afirma: "Colocados ya en el pórtico de la aplicación efectiva de la ley de amnistía es cuando surge la necesidad de despejar las reservas de adecuación de la norma extintiva a principios y valores protegidos constitucionalmente como la seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (arte. 9.3 CE), la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley (arte. 14 CE) y exclusividad en el ejercicio de la potestad jurisdiccional (arte. 117.3 CE)".Y añade que la manera legal para hacerlo es que primero dé voz a las partes personadas, y "con suspensión del curso del proceso de resultas de su decisión". Además, recuerda, que la acusación popular de Vox ya pidió hacer la consulta al TJUE.

Excluido también el delito de malversación del 1-O

Antes de expresar estas dudas constitucionales, el TSJC manifiesta que los delitos de desobediencia y prevaricación que se imputan a los tres cargos de Esquerra estarían incluidos en la ley de amnistía. Y también la malversación del 1-O en el caso de Jové y Salvadó. En su razonamiento, el TSJC comparte el relato del Tribunal Supremo, que sostiene que no se pueden amnistiar a los líderes políticos porque supuestamente se enriquecieron, pero sí los cargos que no aprobaron partidas económicas ni iban dirigidas hacia ellos.

Para el alto tribunal catalán esta es la situación de Jové y Salvadó. I, afirma que "la totalidad de las conductas que se les atribuyen a estos dos acusados como generadoras de compromisos para los fondos públicos que administraban, tuvieron que serlo en cumplimiento y realización de los mandatos o encargos recibidos en función de la alta responsabilidad que habían asumido cada uno de ellos dentro del Departament de Vicepresidencia, Economía y Hacienda, pero en todo caso -indica el TSJC- derivados de las superiores disposiciones procedentes del Govern, y siempre bajo la supervisión del conseller Oriol Junqueras, según se recoge en los escritos de acusación".

Y el TSJC concluye que  en el caso de Jové y Salvadó "la búsqueda de un beneficio personal de carácter patrimonial ni puede ser afirmado –ya hemos anticipado que no nos corresponde realizar asertos-, ni se extrae de una lectura detenida de las conclusiones fácticas provisionales de las acusaciones."

El TSJC también descarta que se haya afectado fondos financieros de la UE, a pesar de que lo sostiene el Supremo en las causas  de los líderes políticos. Indica que  no se afirma "ni de forma directa ni difusa" en los escritos de acusación  contra Jové, Salvadó y Garriga  que haya habido una afectación en las finanzas de la UE. 

ERC reclama que se archive el caso y se les aplique la amnistía 

Tras conocer esta decisión del TSJC, ERC ha reclamado a través de un comunicado a este tribunal que archive el caso y que aplique directamente la amnistía a los tres políticos republicanos. Según el partido de Marta Rovira, el TSJC está aplicando "movimientos dilatorios" a la hora de dar diez días a las partes para plantear las prejudiciales en el TJUE, por lo que exigen que se archive el caso.