¡Amnistiados! La sección de apelaciones de la sala civil y penal del TSJC ha declarado extinguida la responsabilidad penal del exconseller de Interior Miquel Buch y del agente de los Mossos Lluís Escolà, a quien contrató para asesorarlo, al aplicarles la ley de amnistía, según la resolución comunicada este martes. La Audiencia de Barcelona los condenó a 4 años y medio de prisión al considerar que Escolà fue contratado para hacer de escolta del president en el exilio, Carles Puigdemont, y no como asesor. Este caso es el primero en que se aplica la ley de amnistía del procés, aprobada hace dos semanas. Además de la pena de prisión por los delitos de malversación de fondo y prevaricación, se les hacía volver a la Generalitat más de 52.000 euros por el sueldo cobrado por Escolà, que ahora también se elimina.

El tribunal, presidido por la magistrada Ángels Vivas y uno de los más garantistas, ha sido  el primero en aplicar la ley de amnistía. Este martes, también  ha dictado ocho resoluciones más, en las cuales ha borrado toda responsabilidad penal y civil a los primeros dieciséis activistas y manifestantes condenados a penas de prisión, y contra estas sentencias se puede presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

 

El caso de Buch y Escolà, defendidos por las penalistas Judit Gené e isabel Elbal, respectivamente, es el  primero en que se aplica la ley de amnistía del procés, aprobada hace dos semanas. Las letradas indicaron  al tribunal del TSJC que por la condena recibida encajaban en la ley del olvido penal porque se indica que actuaron por independentistas y en protección del president Puigdemont. En  la sentencia, "no se afirma que haya enriquecimiento" en el delito de malversación, según las defensas, que es el supuesto que ley marca para excluir un caso de la amnistía.

La malversación, incluida  en l'amnistía

En la resolución, técnica y clara, el tribunal expone, analizada la ley del olvido penal, que "los actos determinantes de malversación de caudales públicos no quedan excluidos de la amnistía siempre que tengan relación con algunos de los actos generales comprendidos cuando la leydice que sean dirigidos a financiar, sufragar o facilitar la realización de cualesquier de las conductas y no haya existido un enriquecimiento personal entendido siempre como beneficio personal de carácter patrimonial ". Por eso, el tribunal afirma que extingue la responsabilidad penal a Buch y Escolà de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica 1/2024, e igualmente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 declara la extinción de su responsabilidad civil. 

En la resolución, el tribunal expone  que tienen que ser amnistía Buch y Escolà, puesto que "resultaría una paradoja insalvable que quién facilita a otro el ejercicio de funciones de seguridad y protección del expresident de la Generalitat intermediando el dictado de una resolución habilitante, pueda ser amnistiado dada la falta de 'beneficio personal patrimonial' y quien precisamente lleva a cabo estas funciones de seguridad y protección directamente no pueda serlo cuando su conducta se limita a percibir la retribución correspondiente por los servicios prestados, pero exclusivamente dentro del ámbito objetivo que la ley determina."

Los activistas también

El tribunal del TSJC ha revisado este martes el caso de Buch y de Escolà, pero también ocho casos más de activistas y manifestantes condenados, tal como ya dijo que haría la semana pasada. Precisamente, Alerta Solidaria ha informado  que Víctor Verdejo, condenado a tres años de prisión por las movilizaciones de Tsunami en el Camp Nou, el 2019, ha sido el primer activista amnistiado. 

Y después, se ha confirmado la amnistía por los tres jóvenes de Granollers, los 7 del 30G y Oleks, condenado a la pena más alta por una protesta: siete años y medio de prisión. También ha sido amnistiado Francesc Colomines, condenado en un año de prisión, por haber participado en una protesta contra la sentencia del procés, y que fue juzgado junto con Oleks, a pesar de que no se conocían ni iban juntos.

 En estas resoluciones, donde hay agentes de la policía heridos, el TSJC abre la puerta para que puedan presentar reclamaciones por la vía civil.