El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dado 10 días a la expresidenta de Junts y del Parlament, Laura Borràs, para que comunique su posicionamiento sobre la ejecución de su condena después de que el Tribunal Supremo la confirmara y sea firme. El alto tribunal catalán condenó a Borràs a 4 años y 6 meses de prisión y 13 años de inhabilitación para cargo público por los delitos de prevaricación y falsedad documental  por haber concedido unos trabajos a un amigo cuando era directora de la Institució de las Lletres Catalanes, del 2013 en el 2018. La circunstancia más importante es que el mismo TSJC, en la sentencia, propuso al Gobierno que indulte parcialmente a Borràs y que la condena no sea superior a 2 años de prisión para que no tenga que entrar en un centro penitenciario, al considerar excesivo el tipo penal que le había de aplicar.

Es por ello que ahora, el tribunal que la condenó, pide a su defensa, ejercida por el penalista Gonzalo Boye, que "formulen alegaciones sobre las circunstancias de la ejecución de las condenas impuestas", sin referirse al indulto, según la resolución comunicada por el gabinete de prensa del TSJC este martes. En la causa de la Institució, también hay condenadas dos personas más, pero al ser penas inferiores a 2 años de prisión no tienen peligro de tener que ingresar en un penal. Son el amigo de Borràs, Isaías Herrero que ejecutó el encargo (una web de la Institució), a pesar de que sin concurso público, y que pactó con la Fiscalía 2 años de prisión si reconocía los hechos,  y un colaborador suyo, condenado a 1 año y 2 meses de prisión

 

La respuesta del Gobierno

Seguramente, la defensa de Borràs pedirá que no se ejecute el castigo hasta que el Gobierno informe si le concede o no el perdón penal. Pasados estos diez días, el tribunal da el mismo plazo a la Fiscalía para que exprese su opinión. En la vista en el Supremo, el fiscal pidió al alto tribunal español mantener la condena a la juntaire y no aplicarle la ley de amnistía. No obstante, el fiscal -en su escrito- no se opuso que se conceda el indulto parcial a Borràs.

En la resolución, el TSJC explica que la sentencia es firme y que solo se puede pedir el amparo del Tribunal Constitucional. Añade que la nueva ley orgánica 1/2025 "introduce un trámite contradictorio anterior a la adopción de cualquier decisión en la ejecución de las penas" y que se avanza en su aplicación, prevista para el 3 de abril. Y concluye que "en ausencia de otra regulación en este escenario procesal, se estima procedente" dar un plazo a las partes para pronunciarse sobre las condenas privativas de libertad,  de derechos y las económicas impuestas y "cualquier otra circunstancia", que obviamente se refiere al indulto propuesto.

El posicionamiento del TSJC con Laura Borràs contrasta con la resolución del Supremo, que consideró acertada la condena  y calificó los hechos de corrupción.