Inadmisión. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha comunicado este jueves que ha inadmitido la recusación del presidente TSJC, Jesús Maria Barrientos, reclamada por la presidenta del Parlament suspendida, Laura Borràs, para que fuera apartado del juicio que tiene que afrontar como exdirectora de la Institución de las Letras Catalanas (ILC). Borràs es acusada de los delitos de prevaricación y falsedad documental por supuestamente haber concedido a dedo contratos de la web de la entidad a un amigo, Isaías Herrero. La Fiscalía pide para Borràs 6 años de prisión y 21 de inhabilitación a cargo público. La defensa de Borràs, ejercida por Gonzalo Boye, presentó la recusación el 18 de noviembre pasado, cuatro días después de que se anunciara que Barrientos será el presidente y el ponente del tribunal que juzgará Borràs. Los otros dos magistrados del tribunal son María Jesús Manzano y Fernado Lacaba. Precisamente, Lacaba es el instructor de la pieza sobre la recusación de Barrientos, que ha descartado en asegurar que Borràs hace "acusaciones genéricas" sobre su falta de imparcialidad, y ha descartado que padezca una "persecución política". En otra resolución del noviembre pasado se indicó las fechas del juicio a Borràs: del 10 de febrero al 1 de marzo de 2023.
En la resolución, de 10 páginas y fechada este jueves, el magistrado Fernando Lacaba afirma que Laura Borràs no ha aportado prueba de esta supuesta enemistad del juez Barrientos con ella, que sería un motivo de recusación. Añade que la imparcialidad objetiva y subjetiva "no se ha visto comprometida" por las declaraciones públicas que ha realizado como presidente del TSJC. El instructor también recuerda que los jueces y magistrados tienen que poder ejercer la libertad de expresión como ciudadanos. Y, Barrientos, como cargo gubernativo, como también tiene presidente del TSJC (aparte del jurisdiccional), puede pronunciarse sobre aspectos judiciales y de juzgados que afecten a la comunidad.
De forma excepcional, la sala 77 del TSJC aceptó, el verano pasado, la recusación del magistrado Barrientos en el juicio en la Mesa del Parlament de 2019, reclamado por Josep Costa. Y, más recientemente, el Tribunal Supremo ha ordenado hacer repetir el juicio a la Mesa del Parlament, presidida por Carme Forcadell, por unas resoluciones de admisión a trámite de Barrientos y Carlos Ramos con falta de apariencia de imparcialidad.
Niega ninguna persecución política
Además, el juez Fernando Lacaba se muestra muy crítico y asegura que "tiene que realizar un esfuerzo para desbrozar cuál es la causa de recusación realmente invocada", hecho -indica- que contradice la norma, ya que la parte tiene que expresar de forma concreta y clara la causa legal y los motivos" de la recusación, que -sostiene - "no se cumple y se limita a citar una mezcolanza de causas posiblemente aplicables y que la causa surge a partir de la mezcolanza de varias causas, en este caso -indica Lacaba- son "4 y que guardan escasa relación entre sí".
El instructor también declara que la causa invocada sobre "la persecución política de la recusante y de la absoluta irregularidad de la tramitación del procedimiento, ya lo podrá alegar en el juicio cuando ejerza el legítimo al derecho de defensa". Además, precisa que sobre la polémica pericial aportada por Borràs ya se debatirá en su pertenencia al juicio. En conclusión, el instructor sostiene que Borràs "no concreta la existencia de un interés personal en el pleito por parte del presidente del TSJC", ni tampoco Barrientos haya ocupado un cargo fuera de su ejercicio jurisdiccional.
Por todo eso, el instructor Lacaba, siguiendo las consideraciones del Tribunal Constitucional, resulve que no admite a trámite la recusación porque "se fundamenta en causas la invocación de la cual son arbitrarias o manifiestamente infundadas y son, a prima facie, descartables".