Novedades en la causa del 1-O. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha acordado asumir la causa contra la consellera de Cultura, Natàlia Garriga, que inicialmente era investigada con una treintena de excargos por haber organizado el referéndum de autodeterminación de Catalunya el 2017 en el juzgado de instrucción 13 de Barcelona y después en la sección 21 de la Audiencia. Al asumir el cargo de consellera, el 21 de mayo del 2021, el aforo elevaba su investigación al alto tribunal catalán. Además, la sala acepta la petición de la defensa de Garriga de acumular su procedimiento con los de los también aforados y actuales diputados de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó. El tribunal precisa que será investigada por los delitos de malversación de fondos y desobediencia grave en el Tribunal Constitucional. La Fiscalía, sin embargo, había pedido el diciembre pasado que solamente se la juzgara por el delito de desobediencia, que no implica prisión. La instructora del TSJC, Maria Eugènia Alegret, lo tendrá que decidir, y también si la cita a declarar o aprovecha las declaraciones que hizo en el juzgado de instrucción 13 de Barcelona.
En la resolución, comunicada hoy, el tribunal ―formado por los magistrados Jesús M. Barrientos, Carlos Ramos y Fernando Lacaba― precisa que en su auto sobre la admisión a trámite del procedimiento "solo se tienen que verificar las condiciones formales e intrínsecas" de la admisión del procedimiento, hecho que "excluye cualquier examen de justificación de los hechos atribuidos más allá de constatar su verosimilitud", y, por lo tanto, no realiza valoraciones jurídicas. Es decir, confirma que Garriga es aforada y recoge los hechos por los cuales fue procesada por los delitos de malversación de fondos y desobediencia. La Fiscalía Superior de Catalunya, sin embargo, dejó claro que no ve el delito de malversación en Garriga. No obstante, el tribunal considera que al delito de malversación "además" se le podría añadir un delito de desobediencia grave a la autoridad judicial.
Razonamientos
En concreto, a finales de diciembre pasado, el fiscal Pedro Ariche solicitaba al TSJC que abriera un nuevo procedimiento contra la actual consellera de Cultura, Natàlia Garriga (ERC), por la organización del 1-O del 2017. La gran novedad es que el fiscal considera que solamente tiene que ser juzgada por el delito de desobediencia, y no por malversación de fondos, que implica penas de prisión y que fue el único delito por el cual fue procesada, inicialmente. Garriga era directora de servicios de la Secretaria General de Vicepresidència i Economia, que dirigía el actual diputado de ERC Josep Maria Jové. El juzgado de instrucción 13 de Barcelona la procesó por el delito de malversación de fondos públicos, y al ser escogida consellera, con el gobierno de Aragonès, Garriga es aforada y tiene que ser juzgada en el TSJC. Además, el fiscal pedía que se nombrara a un nuevo instructor y que la cite a declarar. El TSJC añade que la Abogacía del Estado, personada como acusación particular, y Vox, como acusación popular, también comparten el posicionamiento del fiscal, en las posiciones formales, es decir, que el TSJC tiene que asumir la causa de Garriga.
Por todo eso, el TSJC confirma que asumirá el caso de Garriga, y lo deriva al sumario 2/2019, que instruye la magistrada Maria Eugènia Alegret, de la cual indica que decida ella si quiere citar a declarar a la consellera de Cultura o ya da por válido lo realizado en el juzgado de instrucción. De este caso precisa que en febrero del 2020 la magistrada procesó a Jové y a Salvadó por los delitos de desobediencia, prevaricación, malversación y revelación de secretos. Y detalla que ahora está pendiente de confirmación o revocación la conclusión del sumario, que hizo el 26 de abril del 2021, por parte del tribunal que los juzgará, que se detuvo por la recusación de sus miembros, llevado a cabo por las defensas. El próximo paso será que la Fiscalía Superior de Catalunya informe de las penas que les solicita; las defensas, sus argumentos, y fijar la fecha de juicio.