Nueva sentencia judicial contra el catalán. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha sentenciado que otro instituto tendrá que impartir más castellano "al menos, aparte de la asignatura o materia correspondiente al aprendizaje de esta lengua, al menos otra área, materia o asignatura no lingüística curricular que tenga que considerarse como troncal o análoga". Se trata del Instituto Salvador Dalí de El Prat de Llobregat, un centro en el que ya se había aplicado de manera cautelar el 25% de español en una clase de segundo de ESO. En concreto, se impartía en castellano la asignatura de Matemáticas después de la denuncia del padre, Jordi López, asesorado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe. El IES Salvador Dalí es uno de los centros que visitó la misión europea desplazada a Catalunya a finales de diciembre para estudiar el sistema de inmersión lingüística.
Más presencia del castellano en las aulas
El TSJC confirma las medidas cautelares y asegura que hay poca presencia del español en los centros catalanes. La sentencia apunta que "tiene que considerarse que la presencia del castellano es insuficiente", y, por lo tanto, obliga al centro a adoptar medidas adecuadas "para garantizar el derecho del alumno a recibir enseñanza en castellano". La familia de dos alumnos presentó un recurso para exigir más presencia de castellano en las aulas. El pasado mes de noviembre consiguieron que la justicia avalara un 25% más de castellano, es decir, imponer una asignatura troncal más en castellano.
El mismo tribunal ha confirmado la misma medida para el hermano mayor, que cursa tercero de ESO en este instituto. Sin embargo, el tribunal evita establecer un porcentaje de castellano. "Aunque no pueda utilizarse un parámetro porcentual, como pedía inicialmente la parte recurrente, el conocimiento preciso de la situación concreta del centro en que sigue sus estudios el alumno afectado permite en este caso establecer una garantía de adecuación del uso de las lenguas oficiales", afirma el TSJC para imponer más castellano en "unas o más materias o asignaturas adicionales, que, por su importancia en el conjunto del currículum y su carga lectiva, puedan ser consideradas como principales".
La sentencia señala que "según se constata del resultado de la prueba practicada, el centro escolar de ninguna manera cumple este patrón de equilibrio, ya que en los diferentes cursos de segundo de ESO imparte únicamente 3 horas semanales en castellano, y una hora más en tecnología, y el resto en catalán. Solo en el grupo del hijo del demandante, que estaba cursando segundo de ESO en el curso 2022-2023, hay más presencia del castellano, si bien este grupo está afectado por las medidas cautelares dictadas en este proceso". Por su parte, la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), encargados de asesorar a López en su proceso, ha celebrado el nuevo aval al castellano. A través de las redes sociales han señalado que han sido "8 años de lucha de esta familia para conseguir que su hijo pudiera estudiar matemáticas en español".
📢El TSJC confirma en sentencia las medidas cautelares de un alumno con NNEE del Instituto Salvador Dalí de El Prat de LLobregat.Constata la insuficiente presencia del castellano
— AEB Catalunya (@AEBCatalunya) February 1, 2024
📢8 años de lucha de la familia para conseguir que su hijo pudiera estudiar matemáticas en español pic.twitter.com/EUXahSIWCt