El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dictado una sentencia en la cual prohíbe la colocación de una estelada en una plaza de Sant Cugat del Vallès. La sentencia es consecuencia de la denuncia presentada por Societat Civil Catalana (SCC) contra la decisión del Ayuntamiento de Sant Cugat de instalar una estelada en la vía pública.

El tribunal sostiene que la estelada "constituye un símbolo de la reivindicación independentista de una parte de los ciudadanos catalanes representados por una parte de los partidos políticos" y no tiene reconocimiento legal válido como "símbolo oficial de ninguna administración territorial". Los magistrados consideran que es "obvio" que su uso "solo puede ser calificado de partidista".

Asimismo, la sentencia asegura que la exhibición "en el espacio público" de cualquier "elemento" que "representa una opción política" es ilegal, porque vulnera el principio de "objetividad" y de "neutralidad institucional".

 

Recurso al Supremo

El TSJC desestima así el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Sant Cugat, después de que en el 2016 un juzgado de Barcelona prohibiera la instalación de la estelada en la plaza de Lluís Millet el año 2014. Además, condena al consistorio a pagar las costas judiciales hasta un máximo de 2.000 euros. La sentencia se puede recurrir ante el Supremo.


La estelada fue retirada el febrero pasado después de la sentencia de la Audiencia de Barcelona ACN

El tribunal dice que las administraciones no tienen libertad de expresión y que los alcaldes no se pueden ver obligados a incumplir la ley por un "mandato popular" de un pleno municipal. Además, dice que los símbolos oficiales sí se tienen que exhibir obligatoriamente, aunque los partidos gobernantes no se sientan identificados.