El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado la recusación de los magistrados Jesús María Barrientos y Mercedes Armas que había reclamado la defensa del presidente de la Generalitat, Quim Torra, en su juicio por desobediencia a la Junta Electoral Central (JEC) por la presencia de lazos amarillos en edificios públicos en periodo electoral.
El TSJC rechaza que se puedan recusar para que hayan participado en la fase de admisión de la querella, pero también descarta apartar Barrientos por las manifestaciones previas había hecho sobre los lazos amarillos o en general sobre la situación de la política catalana. En opinión del tribunal, no hay ningún motivo para pensar que Barrientos ha perdido la imparcialidad o la neutralidad en el caso.
Los argumentos de la defensa
La defensa de Torra argumentaba que Barrientos, presidente del TSJC y presidente del tribunal que juzgará al presidente de la Generalitat, "ha posicionado sobre los presos políticos, sobre la supuesta neutralidad de los espacios públicos, sobre los lazos amarillos, sobre la resolución de la JEC e incluso sobre la ideología y posicionamiento político" del presidente de la Generalitat. "Es difícil imaginar una mayor falta de imparcialidad que la que concurre en el recusado", concluye.
En cambio, el TSJC considera que "ninguno de los comportamientos públicos" de Barrientos expuesto en el escrito inicial "revela una pérdida de imparcialidad objetiva o subjetiva por su parte, sea en razón de ejercer un interés en la causa o de profesar una enemistad manifiesta hacia el acusado". Las consideraciones que hizo el magistrado, continúa, las hizo como presidente del TSJC, representando del poder judicial en Catalunya, y en "ejercicio de la innegable libertad de expresión que le corresponde, aumentada por el rol institucional inherente a este cargo".
Las manifestaciones de Barrientos, continúa, "no pueden ser leídas y valoradas más que desde una perspectiva institucional, sin interferencia alguna en los procesos en curso". También resulta "intranscendente" que abandonara un acto porque|para que el presidente del Parlamento, Roger Torrent, hablara de presos políticos. Incluso la postura sobre los lazos amarillos "tampoco es reveladora de una pérdida de imparcialidad objetiva vinculada a la relación del recusado con el objeto del procés". "Nada indicó al presidente del TSJC sobre el alcance de la decisión de la JEC y menos todavía sobre las consecuencias de una hipotética inobservància del mandato administrativo", ha añadido.
Sobre el otro motivo de recusación principal, el que hace referencia a la participación de Barrientos y Armas en la fase de admisión de la querella, el TSJC apunta que el auto no "revela la sospecha o recelo de pérdida de imparcialidad" que sostiene la defensa, sino que únicamente comporta la comprobación que la querella cumple las exigencias formales para ser admitida.