Confirmado. La sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha expresado nuevamente que tiene dudas sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía del procés, y por eso no aplica la norma del olvido penal al president Quim Torra (Junts), condenado por desobediencia a la Junta Electoral por no sacar la pancarta en favor de los presos políticos y exiliados colgada del balcón de la Generalitat, y con la pena de inhabilitación ya cumplida, según ha comunicado este miércoles el gabinete de prensa del TSJC. En otras dos resoluciones, el alto tribunal catalán también muestra su reticencia a aplicar la amnistía al exdiputado de la CUP Pau Juvillà, condenado por no retirar unos lazos amarillos de la Paeria, y finalmente tampoco al exconseller de ERC Bernat Solé, condenado por desobediencia cuando era alcalde de Agramunt por permitir el 1-O. La Fiscalía, por contra, pidió la amnistía para los tres políticos.

Y ante sus dudas, el tribunal, en los tres casos, ha dado 10 días a las partes para que indiquen si se tiene que consultar al Tribunal Constitucional (TC) o al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) si la ley es respetuosa con los derechos de la Unión. Lo mismo dijo el TSJC, este martes, para no amnistiar a los cargos de ERC Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natàlia Garriga por la organización del 1-O.

Respuesta idéntica, de plantilla

La motivación para rechazar la aplicación de la amnistía es idéntica, de formulario, y compartida en las tres nuevas resoluciones del TSJC. Incluso está en el mismo razonamiento jurídico: el cuarto. Y literalmente afirman: "Sin embargo, es al tiempo de hacer aplicación efectiva de la LO 1/2024, de amnistía, sobre los efectos de la condena recaída, cuando surge la necesidad de aclarar las reservas de adecuación de la norma extintiva a principios y valores protegidos constitucionalmente como la seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (art. 9.3 CE), la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley (art. 14 CE) y exclusividad en el ejercicio de la potestad jurisdiccional (art. 117.3 CE)."

 


En la resolución del president Torra, el tribunal recuerda que la acusación popular de Vox ya pidió al tribunal que plantee varias cuestiones prejudiciales ante el TJUE, porque manifiesta que es incompatible la ley de amnistía con los principios de separación de poderes, de igualdad ante la ley y de derechos fundamentales de los ciudadanos de la UE. La defensa de Torra no contestó al TSJC sobre la primera consulta de si tenía que aplicarle la amnistía.

El cupaire Pau Juvillà ha asegurado que no quiere ser amnistiado y que llevará al estado español al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por su condena y obligarlo a renunciar como diputado en el Parlament.

En cuanto al exconseller Bernat Solé, el TSJC detalla que su responsabilidad penal y de multa quedó extinguida a efectos de 5 de diciembre de 2023. La defensa del republicano pidió al tribunal “la revisión y la anulación de la sentencia condenatoria dictada en la causa y su absolución en virtud de la ley de amnistía”, y subsidiariamente, pidió que se declarara extinguida por la ley de amnistía, y la eliminación de los antecedentes penales derivados de la correspondiente sentencia.

 

Diferencias en el TSJC

El presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, participa y firma los tres autos, tal como marca la normativa del alto tribunal catalán sobre que debe participar en todos los tribunales. Y el resto de magistrados que suscriben estas resoluciones son Carlos Ramos, Maria Eugènia Alegret y Nuria Bassols. Y en el caso de los cargos de ERC, también lo firmaba magistrado Fernando Lacaba. Por lo tanto, por ahora hay unidad de criterio en la sala de lo civil y penal del TSJC para cuestionar abiertamente la norma del olvido penal. Por el contrario, la sección penal de apelaciones del TSJC, presidida por la magistrada Ángels Vivas y que revisa las sentencias de las audiencias provinciales, ha sido el primer tribunal en todo el estado español en aplicar la amnistía. Lo ha hecho con activistas y políticos, como es el caso del exconseller Miquel Buch y el sargento Lluís Escolà, condenados por malversación de fondos y prevaricación para poner seguridad al president Carles Puigdemont en el exilio.