El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha suspendido de manera cautelar el Decret del règim lingüístic del sistema educatiu, que desarrolla los principios marcados en la Llei d'Educació de Catalunya (LEC), tal como había pedido la Asociación Asamblea por una Escuela Bilingüe. La norma establece el catalán como lengua "normalmente utilizada como vehicular" y de aprendizaje del sistema educativo y en la acogida de los alumnos recién llegados – y el aranés para los centros del Aran. Añade que también lo es en las actividades educativas, incluidas las extraescolares; las comunicaciones internas de los centros y en la proyección externa y de relación con el resto de la comunidad educativa. El Govern en funciones aprobó la normativa solo dos días después de las elecciones del pasado 12 de mayo. La decisión del TSJC, a efectos prácticos, no afecta al inicio del curso y los centros educativos empezarán en septiembre con los proyectos lingüísticos que ya habían aprobado.

La consellera d'Educación, Anna Simó, ha anunciado que la Generalitat presentará un recurso de reposición contra la suspensión porque este decreto “es impecable” de acuerdo con toda la normativa. Anna Simó, una vez conocida la suspensión, ha criticado que determinados jueces del TSJC “escuchen más” lo que dice una asociación que lo que dice un consenso social y político mayoritario en Catalunya. “En la interlocutoria se hacen apreciaciones que van mucho más allá de las que se espera de un tribunal. Se extralimita en sus funciones, como hace tiempo que lo hace”, ha indicado la consellera.

El TSJC recuerda en su escrito varias sentencias concretas sobre la necesidad de garantizar el 25% de castellano en varias escuelas y ya avanza que este decreto “da cobertura a acciones educativas que puedan situar en una posición marginal a la lengua castellana en la enseñanza, puesto que únicamente se garantiza la posición prevalente y vehicular del catalán y, en su caso, del aranés”. De esta forma, continúa, “se intensifica el modelo único inmersivo de enseñanza gratuita para todos los alumnos”. 

Recurso ante el Tribunal Constitucional

El tribunal recuerda que el decreto aprobado el mayo pasado desarrolla una ley y otro decreto que se promulgaron justamente en reacción a una sentencia del mismo tribunal que declaraba la obligación de la Generalitat de adoptar las medidas necesarias para garantizar la utilización vehicular normal del catalán y el castellano en el sistema educativo catalán en porcentajes que no pueden ser inferiores al 25%. Parte de esta regulación ya ha sido cuestionada por el TSJC ante el Tribunal Constitucional por no garantizar una presencia mínima del catalán, petición que ya ha sido admitida a trámite. El tribunal catalán considera la regulación “lesiva para los derechos individuales de determinados alumnos, por el apoderamiento que se realiza a los proyectos lingüísticos de cada centro educativo para configurar un sistema de enseñanza sin presencia adecuada de la lengua castellana, y al haberse materializado estas lesiones, segundos se ha constatado en diferentes recursos resueltos por este tribunal”. El TSJC considera que mantener la concepción de la lengua catalana como única lengua vehicular, “sin garantizar adecuadamente la enseñanza en castellano, se opone en principio a los parámetros interpretativos expuestos”.

Blindar el sistema de inmersión lingüística

El decreto aprobado por el Govern se ampara en la Ley de 2022 sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria y también en el decreto ley del mismo año por el cual se fijan los criterios para elaborar, aprobar, validar y revisar los proyectos lingüísticos de los centros. El Govern impulsó estas normativas con el fin de blindar el sistema de inmersión lingüística ante las resoluciones judiciales que obligaban a un mínimo del 25% de las enseñanzas en castellano en determinados casos. También se buscaba dotar de seguridad jurídica a las direcciones.

 

Como elaborar el proyecto lingüístico del centro

Uno de los principales puntos del decreto es que se precisa como elaborar, aprobar, evaluar y revisar los proyectos lingüísticos de centro (PLC). Este proyecto tiene que incluir los indicadores de evaluación de las lenguas, el proceso de enseñanza y aprendizaje de cada lengua, las medidas de atención lingüística para el alumnado recién llegado, los criterios de coherencia lingüística que hay que seguir en servicios como el comedor o las salidas y la formación del profesorado en la mejora de la competencia lingüística.

Para facilitar la elaboración del proyecto, el Departament d'Educació tiene que proporcionar a los centros asesoramiento, modelos e indicadores globales que necesiten a través de la orientación. También tienen que ofrecer seguimiento de la inspección educativa. Además, es el Departament quien tiene que validar el proyecto de cada centro y "quien tiene que asumir la responsabilidad sobre la legalidad en todos los casos que valide, y no las direcciones de los centros". Por otra parte, los proyectos no se pueden cambiar una vez iniciado el curso y los docentes y personal educativo tienen que utilizar la lengua o lenguas según consta al proyecto de su centro.

Acreditar el C2

El decreto determina también que los nuevos docentes de centros educativos de enseñanza no universitaria tienen que acreditar el conocimiento superior, nivel C2, oral y escrito, de la lengua catalana -y del aranés en el Aran. Por eso, tener el C2 de catalán será un requisito para acceder a la docencia a partir del curso 2025-2026.