El Tribunal Supremo ha dado un varapalo a Manos Limpias y ha rechazado admitir a trámite la querella que presentó el pseudosindicato de extrema derecha contra el presidente, Pedro Sánchez, su esposa y parte del Gobierno porque solo ha aportado "recortes o enlaces de prensa" sobre la causa contra Begoña Gómez, contra el fiscal general del Estado o el caso Koldo. El alto tribunal, en una resolución comunicada este viernes, inadmite la querella porque sostiene que incurre en "manifiesto fraude de ley"; a pesar de que jueces instructores lo han avalado en causas contra familiares del presidente socialista. Esta resolución contrasta con recientes resoluciones de jueces instructores que han avalado abrir causas contra familiares del presidente socialista con noticias publicadas.
"Por una parte, la mera remisión de recortes o enlaces de prensa, ni integran denuncia, ni con el carácter general que se aportan, constituyen indicios cualificados suficientes para abrir diligencias contra personas aforadas delante de esta sala; ni tampoco nos incumbe bucear dentro de la noticia para averiguar que apartado o qué conducta concreta resulta reprochable a la concreta sensibilidad del querellante, más allá de las legítimas discrepancias que mantenga, para entender subsumibles en un específico tipo penal", replica el Supremo a Manos Limpias.
Cargos del PSOE denunciados
La organización dirigida por Miguel Bernad presentó en el Supremo una ampliación de hechos contra Sánchez, y también contra el exministro José Luis Ábalos; el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y otros altos cargos del PSOE, a quién acusa de los delitos de prevaricación, tráfico de influencias, malversación de caudales|dinero públicos, blanqueo de capitales, fraude fiscal, traición a la patria y violación del principio de igualdad.
En el auto, el Supremo añade que en las ampliaciones de la querella de Manos Limpias, "se da noticia de diversos procedimientos que se siguen por diversos órganos judiciales y del (parco, fragmentario y siempre
incompleto) conocimiento que trasciende externamente de su decurso y en cualquier caso, prescindiendo del criterio del juez, magistrado o tribunal cuya investigación o enjuiciamiento (incluso ya producido como el caso del senyor Morodo), se pretende que, con claro quebranto de la normativa establecida para su cuidada remisión a esta sala cuando a algún aforado afecte, recabemos la competencia de los mismos, algunos notoriamente ya instruyéndose por magistrado de esta sala segunda", manifiesta el tribunal, con el magistrado Andrés Palomo, de ponente. El tribunal hace referencia a la investigación al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos de la pareja de Isabel Díaz Ayuso.
El tribunal concluye: "Debe estarse a la decisión de estos jueces y magistrados resuelvan o sea corregido por vía de recurso; y solo si ya es parte o le es admitida la personación en esos procesos, propugnar en su seno los ámbitos de investigación que fueren; no es dable acudir en la forma y circunstancias en que se efectúa, directamente ante esta sala, para lograr ser parte en la investigación de esos diversos hechos, o para evitar el criterio de juez que conoce el asunto. "