Un juzgado contencioso administrativo de Barcelona ha condenado al Hospital Parc Taulí de Sabadell por la muerte de una mujer a quien dieron el alta antes de tiempo, según ha avanzado este miércoles la Cadena SER. Los hechos tuvieron lugar en marzo de 2020 (al inicio de la pandemia de la covid-19), cuando la mujer se ahogó en casa después de haber sido intervenida de un ictus. Según la sentencia, la decisión de darle el alta fue negligente y se vio influenciada por la "psicosis" de la llegada de la covid-19.
Más concretamente, el juzgado ha condenado tanto el hospital como el Servei Català de la Salut (CatSalut). Así, el CatSalut y el Taulí tendrán que pagar ahora una indemnización de 200.000 euros al marido y los dos hijos de la mujer. La familia también reclamaba que se indemnizara a la madre y el hermano de la víctima, pero el juzgado lo ha desestimado porque no ha considerado que tengan efectos psicológicos por su muerte.
Los hechos que relata la sentencia
La mujer, de 46 años, ingresó en el hospital el 20 de febrero de 2020, donde se le hizo una traqueostomía porque no podía tragar. Un mes después, el 20 de marzo, recibió el alta. Pero su situación se complicó solo cinco días más tarde, cuando sufrió un episodio de fiebre y expulsó un coágulo de sangre y mucosidad. El hospital la atendió telefónicamente el mismo día y al día siguiente la visitó presencialmente, para quemarle unos granulomas. Al volver a casa, se empezó a ahogar y acabó muriendo sin que los servicios sanitarios desplazados de urgencia hasta casa suya pudieran hacer nada para salvarle la vida. Así lo relata la sentencia, que añade que con el ingreso en el hospital se habrían asegurado unos cuidados profesionales.
Mediante los abogados, la familia ha considerado que la víctima recibió una atención sanitaria deficiente y que fue enviada a casa en el contexto de psicosis de la pandemia. Además, recibió el alta sin que ni ella ni su marido recibieran la información necesaria para manipular la traqueostomía que llevaba en el cuello y sin las indicaciones que tenían que seguir en caso de emergencia. Tampoco recibió ni el material necesario para el cuidado de la cánula ni para aspirar posibles secreciones. El Taulí y el CatSalut alegaron que no había habido mala praxis médica, sino complicaciones por la dificultad de tragar. El juzgado finalmente ha dado la razón a la familia y ha condenado tanto al hospital como al ente público.