Medida oficializada. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el real decreto ley aprobado por el Consejo de Ministros que hace obligatorio el uso de mascarillas en exteriores a partir de este viernes 24 de diciembre. Una medida que anunció el miércoles el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la conferencia de presidentes y que ahora necesitará la validación del Congreso de los Diputados.

El texto, de nueve páginas, señala que "las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas" en los siguientes casos: el primero, "en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público"; el segundo, "en cualquier espacio al aire libre de uso público o que se encuentre abierto al público"; y el tercero, "en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio". "En el caso de los pasajeros de barcos y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su cabina", precisa el documento.

 

Como casi cualquier norma, esta ley tiene excepciones. Entonces, la obligación no será exigible en algunos casos particulares, como ahora "a las personas a las cuales presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravadas por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para sacarse la mascarilla, o bien, presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización". Asimismo, tampoco se podrá exigir "en caso de que, por la misma naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias".

Otra excepción la conforman "aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con discapacidad, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre que los colectivos mencionados y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones, tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80% con pauta completa y de la dosis de recuerdo, acreditado por la autoridad sanitaria competente". Quede claro que esta última excepción "no será de aplicación a los visitantes externos, ni a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con diversidad funcional, ya que en este caso sí es obligatorio el uso de mascarilla".

Excepciones

Finalmente, no será exigible "en el exterior, durante la práctica de deporte individual, así como durante la realización de actividades de carácter no deportivo que se realicen en espacios naturales y manteniendo, en todo caso, la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes".

El restablecimiento de la obligatoriedad de la mascarilla en espacios exteriores es la única medida de Pedro Sánchez alcanzada durante la conferencia de presidentes de este miércoles. El Consejo de Ministros, reunido de forma extraordinaria, ha aprobado este jueves el real decreto que lo regula, que entrará en vigor este viernes día 24 de diciembre. El BOE lo ha publicado este jueves, obviamente en castellano, ya que desde mayo se ha dejado de publicar en catalán.

 

Imagen principal: Las mascarillas vuelven a ser obligatorias en exterior, pero con excepciones / Pexels