El Procicat ha aprobado este miércoles la relajación de algunas restricciones para la contención de la Covid que, entre otras cosas, permitirá una ampliación de horarios o de aforos en algunos sectores. Los cambios, compartidos desde el Govern, entrarán en vigor este viernes 4 de junio.
La restauración, abierta hasta la 1 de la madrugada
Las nuevas medidas Covid contemplan una ampliación de las 12 de la noche hasta la 1 de la madrugada el horario de apertura al público de las actividades culturales, deportivas, servicios de restauración, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales anexos a gasolineras. De este modo, como ha puntualizado el conseller de Salut, Josep Maria Argimon, los restaurantes pueden mantenerse abiertos desde este jueves hasta la una de la madrugada de este domingo.
Por otra parte, la limitación de consumo de alimentos y bebidas en reuniones en los espacios públicos tendrá como excepción el consumo de que se haga en espacios públicas habilidades, como áreas de ocio, de descanso, de picnic y similares.
Hasta ahora, este consumo solo se producía a las reuniones en espacios públicos (entendiendo como reunión aquellas permitidas con un máximo de 10 personas) y solo se exceptuaban las comidas que se pudieran hacer al aire libre en las actividades del ocio educativo permitidas. A partir del viernes, sin embargo, se sumarán a este grupo las que se hagan en espacios públicos con mobiliario habilidad para este consumo.
También estará permitido el acceso y uso de las zonas recreativas, como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso de los centros comerciales, galerías comerciales y recintos comerciales, el cual había sido restringido hasta ahora.
Aumento del aforo generalizado
Respecto al aforo permitido en los establecimientos y locales comerciales de venta al detalle, se incrementa del 50% al 70% el aforo. También en las zonas comunes y de paso de los centros y recintos comerciales.
Las actividades culturales y las competiciones deportivas
Tanto las actividades culturales -artes escénicas y musicales y espectáculos públicos- como las competiciones deportivas que se desarrollen en todo momento al aire libre, en instalaciones o equipamientos que tengan un aforo autorizado superior a 15.000 personas, podrán tener un número máximo de asistentes del 20% del aforo
Ahora bien, será necesario que se establezcan espacios sectorizados, con control de flujos de acceso y salida, baños y zonas de restauración independientes (no permeables entre sí), con un máximo de 3.000 personas en asientos preasignados.
En la misma línea, se prevén medidas de circulación de los asistentes que eviten las aglomeraciones en los cruces o puntos de más afluencia.
Hasta ahora, el aforo máximo de estas actividades era de 3.000 personas, un límite que se mantiene igual para actividades con un aforo menor a 15.000 personas.
Los equipamientos cívicos
El aforo en parques, ferias de atracciones y actividades lúdicas en espacios cerrados se incrementa del 30% al 50%.
Se incrementará al 70% el aforo en los equipamientos cívicos si disponen de condiciones de ventilación reforzadas.
También podrán llegar al 70% de aforo los espacios donde se desarrollen actividades relacionadas con el juego, con un máximo de 500 personas (hasta 1.000 en condiciones de ventilación reforzadas y medidas de control de aglomeraciones). Actualmente, el aforo máximo de estas actividades era del 30% y el máximo era de 100 personas y hasta 250 con condiciones de ventilación reforzadas y medidas de control de aglomeraciones.
Los equipamientos deportivos
Con respecto a las instalaciones y a los equipamientos deportivos, se incrementará del 50% al 70% el aforo.
Finalmente, se elimina la restricción en la ocupación de vehículos de transporte público hasta 9 plazas. Este uso estaba restringido a 6 personas y no se permitía la ocupación del asiento del lado del conductor.