El aviso lo dio la entidad Vic Comerç, corrió por las redes y el caso llegó hasta la policía. El Decathlon de Vic decidió abrir a pesar de tener prohibido, dentro de estos diez días de restricciones, poder abrir como local superior a los 400 metros cuadrados y que no se considera de primera necesidad. En un tuit, los denunciantes se preguntaban: "Nos podéis decir qué hacéis abiertos hoy cuando Salud deja claro que los establecimientos no esenciales de más de 400 m2 no se los es permitida la apertura|abertura"?.
Y hacían extensiva la petición a los cuerpos de seguridad: "Mossos y Guardia Urbana, actuaréis"?. A modo de ejemplo, acompañaban la queja de un ticket de compra con fecha de 8 de enero, es decir, correspondiendo al viernes pasado con el aviso de Protección Civil dado y publicado en el DOGC el detalle de las nuevas medidas.
Hola @DecathlonES, nos podéis decir qué hacéis abiertos hoy a #vic cuando @salutcat y @ccam dejan claro que los establecimientos no esenciales de +400 m2 no se los se permitida la apertura|abertura?? @mossos @vic_gurbana ¿actuaréis? @aj_vic @jvilamarta @PIMEComerc @CecotComerc @FComercCiutada pic.twitter.com/n7SSFCPo9K
— Vic Comerç ���� (@viccomerc) January 8, 2021
Finalmente, la Guardia Urbana actuó y entró al recinto comercial donde tampoco se habían cortado pasillos ni reducido los espacios de venta. Aunque la restricción de cierre está llena hasta el 17 de enero, tampoco se percibían cambios sustanciales para, de forma más mínima, reducir el impacto de contagios al interior.
El establecimiento se cerró sobre las siete y media de la noche del mismo día. Decathlon no ha pedido disculpas ni han dado ningún tipo de explicación. Según la información relativa a las infracciones del artículo 68.b LSP prevé una sanción mínima de 300 euros si no hay una repercusión directa en la salud.
El Departamento de Interior detalla el procedimiento. Está la posibilidad de reducción de hasta un 40% del importe de la sanción, condicionado al reconocimiento de los hechos (implica un descuento 20%) y al pago avanzado (implica también un descuento del 20%). Comporta la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. El plazo de caducidad del procedimiento es de 9 meses, contados desde la fecha del acuerdo de iniciación.