Con el coronavirus, los epidemiólogos han entrado a formar parte de la actualidad política. Y más celebrando unas elecciones en medio de una pandemia mundial. En este contexto, el doctor Oriol Mitjà presentó un escrito a la Junta Electoral Central en el que pedía que "se facilitara el voto por correo a las personas infectadas con la Covid-19", pero que "no se las permitiera votar presencialmente en el colegio electoral el 14-F". La petición de Mitjà, sin embargo, ha sido denegada por el máximo árbitro electoral.
En su acuerdo de respuesta al epidemiólogo, la Junta Electoral Central argumenta que "tanto la administración electoral como las autoridades sanitarias del proceso electoral han adoptado un conjunto de medidas para facilitar el voto no presencial, por una parte, y para garantizar la seguridad en los colegios electorales, de la otra." En este sentido, la JEC subraya que "se han ampliado y buscado locales electorales idóneos desde la perspectiva sanitaria", y que se han tomado medidas de protección para las personas que intervienen en los actos de votación y escrutinio.
Entre otras cosas, el árbitro electoral pone de manifiesto, que, hasta ahora, según los datos de Correos, la solicitud de voto por correo se ha incrementado un 307%. También que se ha habilitado una franja horaria para los votantes en cuarentena y los miembros de las mesas electorales dispondrán de equipos de protección individual integrales de alta seguridad.
Prohibir que estas personas puedan votar presencialmente "no sólo excede las competencias de la Junta Electoral Central, sino que además resulta de imposible o muy difícil control". También sostienen que el derecho de sufragio es un derecho fundamental del que no puede ser privado ningún ciudadano por la autoridad electoral.
La JEC hace suyos los argumentos del TSJC, asegurando que "el riesgo de contagio no es mayor que el de cualquier otra actividad no esencial permitida" en Catalunya, y "más todavía con las medidas adoptadas". Rechaza examinar la "corrección científica" del protocolo porque asegura que no le corresponde.
En su escrito, Oriol Mitjà alegó que "el derecho a la vida y la integridad física es un derecho fundamental que se pondría en riesgo de forma evidente". El epidemiólogo también aseguraba que "la vulneración el derecho de sufragio activo es adecuada para salvaguardar el derecho global de la salud pública".