La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justícia de Balears ha autorizado las medidas sanitarias acordadas por el Govern balear tras el levantamiento del estado de alarma, entre las que figura prolongar hasta el 23 de mayo el toque de queda de 23 a 6.00 horas. Así pues, se mantendrán las medidas sanitarias aprobadas de urgencia por el Consell de Govern este miércoles, para su aplicación una vez pasado el 9 de mayo.
En concreto, se ha aprobado el toque de queda de 23.00 a 6.00 horas, los controles de pasajeros nacionales en puertos y aeropuertos de las islas, limitar el número de personas en reuniones sociales y familiares en domicilios particulares y restringir el aforo en espacios de culto.
La sala ha adelantado a las partes que autoriza las medidas sanitarias y notificará la resolución en los próximos días. La resolución ha contado con tres votos a favor y dos en contra, según ha avanzado el tribunal.
Las normas
Esta misma sala declaró el miércoles que la autorización solicitada por el Govern para poder mantener cuatro medidas que decaían con el fin del estado de alarma no era admisible, dado que las medidas no habían sido aprobadas por el Consell de Govern y por tanto no se cumplía el requisito previsto en la norma procesal. El auto del TSJIB motivó que el ejecutivo autonómico convocara de urgencia una reunión extraordinaria de su gabinete para aprobarlas.
El Govern balear aprobó alargar hasta el 23 de mayo tanto el toque de queda nocturno como mantener los controles para la entrada en las Balears a los viajeros procedentes de otras comunidades o ciudades autónomas.
Esos controles son sobre el motivo del desplazamiento y suponen que los viajeros deben presentar una PDIA por SARS-CoV-2 con resultado negativo o bien someterse a un test de antígenos a la llegada, una PCR en las siguientes 48 horas o mantener una cuarentena de 10 días. Las pruebas las sufraga la comunidad en el caso de los residentes o de las personas que viajen con causa justificada, y los propios pasajeros si no se desplazan por uno de los motivos justificados.
Además, el Govern acordó restringir las reuniones y encuentros familiares y sociales de un máximo de 6 personas en el interior o en el exterior, tanto en espacios públicos como privados. Además, en el interior únicamente se pueden llevar a cabo reuniones, como máximo, de dos núcleos de convivencia.
La cuarta medida limita las celebraciones o la permanencia de personas en lugares de culto a un 50% de la capacidad de los recintos y asegurando la distancia de al menos un metro y medio entre personas de diferentes núcleos de convivencia.
Mensaje de tranquilidad del Gobierno
A pesar de que Catalunya sí que ha recibido el posicionamiento favorable de la Fiscalía, no ha pasado lo mismo en otras comunidades. El gobierno del País Vasco ha sido el primero en probar las mieles de la justicia con la nueva etapa que empieza después del final del estado de alarma. El lehendakari Iñigo Urkullu había solicitado continuar con el toque de queda y el cierre perimetral a partir del 9 de mayo, pero la Fiscalía Superior vasca se ha pronunciado en contra y ha echado atrás las medidas. En su caso, sin embargo, eran más restrictivas y tenían una mayor afectación sobre los derechos fundamentales. Así pues, será cada Tribunal Superior de cada territorio quien decida la aplicación de restricciones.
Este mismo jueves, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha defendido que las autonomías podrán aplicar "muchas" restricciones a partir del 9 de mayo por mucho que con el fin del estado de alarma decaigan el toque de queda y el cierre perimetral. "Claramente, la restricción de derechos fundamentales sólo se puede hacer por instrumentos normativos de ley orgánica. Las comunidades no pueden hacerlo, pero eso no quiere decir que no tengan un arsenal normativo amplísimo. Por ejemplo, cierres perimetrales de puntos concretos, establecimientos horarios, etc. Pueden hacer muchas cosas", ha afirmado.
El titular de Justicia ha enviado un "mensaje de tranquilidad" ante el fin del estado de alarma y ha insistido en que las autonomías tienen los "instrumentos normativos" para poder tomar medidas aunque después tengan que ser ratificadas por los tribunales.