La Federación Catalana de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm) ha anunciado que presentará el lunes que viene un recurso contencioso-administrativo ante el TSJC contra el cierre del ocio nocturno y las restricciones impuestas a la restauración, y pedirá la suspensión urgente para intentar salvar la Noche de Fin de año.
Fecasarm señala que las restricciones publicadas hace pocas horas en el Diario Oficial de la Generalitat y que han entrado en vigor esta madrugada no podrán ser impugnadas hasta el lunes al ser hoy viernes un día inhábil a efectos judiciales.
Restricciones desproporcionadas
Considera que la suspensión de las medidas restrictivas impuestas a las actividades sería compatible con el toque de queda nocturno e insiste en que las nuevas restricciones son "desproporcionadas, no indispensables en la situación epidemiológica de Catalunya y por completo contraproducentes".
El principal objetivo que persigue este recurso, según Fecasarm, es intentar salvar la Noche de Fin de Año dado que los días de Navidad y los previos de cenas de empresa "ya se han perdido, habiendo soportado todos dos sectores pérdidas millonarias en los últimos días". La entidad subraya que sólo la Noche de Fin de Año se prevén pérdidas de aproximadamente 90 millones de euros para la restauración y de unos 75 millones para el ocio nocturno.
El aval del TSJC
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado el toque de queda nocturno y limitar las reuniones a diez personas, como solicitó el Govern ante la sexta ola del coronavirus, al concluir que son medidas "idóneas, necesarias y proporcionadas", especialmente de cara a las fiestas navideñas.
En su resolución, la sección tercera de la sala contenciosa del TSJC autoriza la Generalitat a aplicar durante los próximos 14 días un toque de queda entre la una y las seis de la madrugada en poblaciones de más de 10.000 habitantes y con una incidencia acumulada de más de 250 casos por cada 100.000 habitantes, lo cual afectará a unas 126 localidades catalanas, entre ellas Barcelona, su área metropolitana y las otras capitales de provincia.
El alto tribunal catalán, que ha avalado las restricciones que ha solicitado la Generalitat en contra del criterio de la Fiscalía, limita así también las reuniones a un máximo de diez personas, tanto en el ámbito público como el privado, excepto en los núcleos de convivencia, manifestaciones y actos políticos. Además, valida el 70% del aforo en los actos religiosos y ceremonias civiles y mantiene la exigencia del uso del pasaporte Covid, que ya estaba vigente.