La consejera de Presidencia y portavoz del Gobierno, Meritxell Budó, ha anunciado medidas de contención de la pandemia de coronavirus que afectarán Barcelona, Viladecans, el Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, l'Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs y Badalona. Está previsto que estas medidas se alarguen durante 15 días.
Desplazamientos personales
Se recomienda que la población permanezca en su domicilio y que se limite la circulación por las vías de uso público, respetando las medidas de protección individual y colectiva.
Se recomienda que la salida del domicilio se haga solamente en los casos siguientes:
- Para ir a trabajar, siempre que no se pueda teletrabajar.
- Para ir a los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Para cuidar de personas mayores, menores de edad, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables.
- Para ir a entidades financieras y de seguros y de otros servicios.
- Para ir a establecimientos de alimentación.
- Para acceder a otros comercios, con cita o aviso previos, los cuales tienen que cumplir las medidas de protección y de seguridad
- Para encuentros y actividades de ocio y deportivas con personas del grupo de convivencia habitual.
- Para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Para renovar permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Para hacer mudanzas domésticas o profesionales.
- Para atender huertos familiares de autoconsumo.
- Para hacer exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Los contactos se tienen que limitar a las personas que integran el grupo de convivencia habitual, al cual se pueden incorporar familiares próximos, cuidadores y personas a quien se da apoyo para evitar el aislamiento. El grupo tiene que ser lo más estable posible.
Medidas de prevención e higiene en centros de trabajo
Las personas titulares de centros de trabajo, públicos y privados, son responsables de adoptar, entre otros, las medidas siguientes:
- Adoptar medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características de los centros de trabajo e intensidad de uso, así como garantizar la ventilación de los espacios y edificios.
- Poner a disposición de los trabajadores agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes, para la limpieza de manos.
- Adoptar medidas organizativas para que se garantice el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal mínima. Cuando eso no sea posible, tendrán que proporcionarse a los trabajadores los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
- El uso de la mascarilla es obligatorio en el entorno laboral.
- Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto de las trabajadoras como de las clientes o usuarias, durante las franjas horarias en que se prevea más afluencia.
- Potenciar el uso del teletrabajo cuando sea posible.
Empresas de servicios y comercio minorista
- Las empresas no pueden ofrecer servicios que impliquen un contacto personal próximo, a no ser que sea un servicio esencial, una emergencia o una situación crítica. La prestación se tiene que hacer, en la medida en que sea posible, sin contacto físico con los clientes.
- La actividad comercial se tiene que hacer, también, en la medida en que sea posible, sin contacto físico con los clientes.
Uso del transporte público
- Los responsables de los centros de trabajo tienen que facilitar a los trabajadores la flexibilidad horaria necesaria para evitar que tengan que utilizar el transporte público en hora punta.
Actividades culturales, de espectáculos públicos, recreativas, deportivas y de ocio nocturno
- Se suspende la apertura al público de equipamientos culturales como archivos, de locales y establecimientos donde se desarrollan espectáculos públicos, como teatros, cines y acontecimientos deportivos, actividades lúdicas, recreativas, parques de atracciones y parques recreativos infantiles en recintos cerrados, actividades deportivas, como gimnasios, y de los locales y establecimientos de ocio nocturno, como salas de fiesta y discotecas, y cualquier otro que implique una interacción de un número importante de personas que pertenecen a grupos de convivencia diferentes por el incremento del riesgo de transmisión comunitaria.
- Las bibliotecas y los museos permanecen abiertos siguiendo el plan sectorial de recuperación aprobado por el Procicat
- Se prohíben todas las actividades culturales, de espectáculos públicos, recreativas, deportivas y de ocio nocturno, extraordinarias o de carácter temporal.
Actividades de hostelería y restauración
- Se limita el aforo al interior de los establecimientos al 50% de lo autorizado y el consumo se tiene que realizar siempre en la mesa.
- En las terrazas, el aforo tiene que ser el resultante de aplicar una distancia de dos metros entre mesas o grupos de mesas.
- Siempre que sea posible, se tienen que utilizar preferentemente el servicio a domicilio y los pedidos para llevar.
Actividades de escuelas y colonias de verano
- Se mantienen las actividades de escuelas y colonias de verano, las cuales tienen que cumplir los criterios fijados por el Procicat, especialmente en lo referente a los grupos estables de convivencia y a las otras medidas de prevención y protección de la salud.