El revés de la justicia al confinamiento de Madrid obliga a buscar alternativas. El ministro Salvador Illa ha convocado esta misma tarde la Comunidad para una nueva reunión bilateral. Desde Argelia, en visita oficial, Pedro Sánchez ha adelantado que están estudiando "todas las medidas" para frenar la curva de contagios en la capital española. Entre este "todas las medidas" también está el estado de alarma, que nunca han dejado de "contemplar". Ha avisado de que hay que tomar medidas bajo criterios científicos, como han hecho hasta ahora.
En una rueda de prensa desde Argelia, el presidente español ha sostenido que "analizarán la sentencia" del TSJM y "veremos cuál es el camino a tomar". Ha avisado de que las cifras de Madrid son "preocupantes" y que hay que "poner todos los instrumentos y medidas encima de la mesa". Eso sí, el dirigente socialista ha dejado claro que lo quieren hacer "con la máxima colaboración y cooperación con la Comunidad de Madrid, respetando las competencias." Pero también "sustentándose en criterios científicos y técnicos".
Preguntado sobre si contempla el estado de alarma, Sánchez ha dicho que es "un instrumento constitucional", que "fue eficaz para doblegar la curva" y que "siempre lo hemos contemplado". Lo importante, ha asegurado, será el resultado de la reunión de hoy. "Tenemos que ser conscientes de la gravedad y que tenemos que continuar con estas medidas", ha defendido el presidente del Gobierno.
Los argumentos del TSJM
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no avala el confinamiento perimetral de Madrid. La sala de lo contencioso-administrativo ha denegado este jueves la ratificación de las medidas acordadas por el Ministerio de Sanidad. El auto sostiene que, con estas decisiones, se ven afectados los derechos y libertades fundamentales. El tribunal considera que, con el actual ordenamiento legal, esta limitación no se puede hacer mediante una orden ministerial y hace falta que el Congreso de los Diputados ratifique previamente las medidas. Estos argumentos chocan con los expuestos por la Audiencia Nacional para rechazar medidas cautelarísimas, al entender que no afectaban directamente derechos fundamentales de los ciudadanos.
"Los derechos fundamentales que la Constitución atribuye a los ciudadanos no pueden verse afectados por ninguna injerencia estatal no autorizada por sus representantes mediante una disposición con rango de ley", sostienen los magistrados en su auto.