En estos días de tanta polémica se está generalizando el empleo de determinados términos o expresiones cuyo significado desconoce una buena parte de la población. Un ejemplo es el de las llamadas zonas básicas de salud, que han cobrado protagonismo después de que algunas comunidades autónomas abogasen por utilizarlas para iniciar la desescalada por fases.
El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, el doctor Fernando Simón, ha asegurado que no ve problema en utilizar el área sanitaria en lugar de la provincia para llevar a cabo la desescalada si ésta “reúne las condiciones” que establece el Ministerio.
Según recoge este organismo en su web, la zona de salud o zona básica de salud es un concepto que se utiliza de manera bastante homogénea por parte de todas las comunidades autónomas (aun existiendo algún otro término, considerado equivalente, como es el de área básica). Hace referencia a aquella delimitación geográfica que sirve de referencia para la actuación del equipo de atención primaria. Y esto quiere decir que intervienen profesionales de medicina familiar y comunitaria, pediatría, enfermería y personal administrativo de soporte.
Dicha denominación se aplica con independencia de que se trate de una gerencia específica de atención primaria de área, o de una gerencia o dirección única para primaria y especializada desde el punto de vista de la estructura de gestión. También son equivalentes las denominaciones de dirección de sector, de comarca, de distrito, de departamento, o cualquier otra establecida por las comunidades autónomas desde el punto de vista de nomenclatura utilizada para su división administrativa territorial.
Se delimitan teniendo en cuenta factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales, climatológicos y de dotación de vías y medios de comunicación, así como las instalaciones sanitarias del área. Tal y como recuerda el Ministerio, aunque puedan variar la extensión territorial y el contingente de población comprendida en las mismas, deberán quedar delimitadas de manera que puedan cumplirse desde ellas los objetivos que en esta ley se señalan.
En Catalunya, el Decreto de 7 de enero de 1980 fue el que estableció el llamado Mapa Sanitario, que delimita 12 Áreas de Salud y que constituirán la unidad fundamental de organización de los servicios de salud, marco de gestión y programación de forma descentralizada. Estas se subdividen, a efectos asistenciales, en Sectores Sanitarios. Desde entonces, ha experimentado modificaciones para adaptarse a la realidad subyacente.
En este documento, se pueden consultar las diferentes zonas en cada una de las distintas comunidades autónomas.