Un total de 2.470 personas han pedido la ayuda al alquiler para jóvenes hasta 36 años durante la primera mañana con el trámite abierto, según ha informado el Govern este miércoles. En concreto, se han recibido 2.100 solicitudes telemáticas y 370 presenciales. La convocatoria, publicada por el Departamento de Derechos Sociales, se ha abierto este miércoles y estará disponible hasta el 7 de octubre a las tres de la tarde.
El Govern ha explicado que pueden presentar su solicitud todos los jóvenes que no hayan pedido o se les haya denegado el Bono alquiler joven estatal. Las ayudas no se concederán por orden de entrada y el importe final no será lineal, sino que dependerá de los ingresos de la unidad de convivencia y del esfuerzo económico que supone para la persona pagar el alquiler de la vivienda. Las ayudas serán de un mínimo de 20 euros mensuales y pueden llegar a los 250 euros mensuales. La convocatoria cuenta con un presupuesto inicial de 29 millones de euros.
El importe de la subvención, según el Departamento de Derechos Sociales, será del 20% del importe de la renta de alquiler anual cuando el esfuerzo por pagar el alquiler sea igual o superior al 30% de sus ingresos. Si pagar el alquiler supone un esfuerzo superior al 30% e inferior al 40% de los ingresos, la ayuda será del 30%. En el caso de un importe de alquiler igual o superior al 40% de los ingresos, la subvención será del 40%. También se ha establecido un límite de 3.000 euros anuales por vivienda y un mínimo de 240 €.
En el caso de los pisos compartidos, si hay más de un joven titular en el mismo contrato de alquiler, se podrá solicitar la ayuda de manera individual. Si más de uno de los miembros de la vivienda recibe una subvención, la suma no podrá superar el importe mensual del alquiler.
¿Quién puede pedir la ayuda?
Para poder acceder a estas ayudas, los solicitantes, con una edad máxima de 36 años, tendrán que acreditar que son titulares de un contrato de alquiler o de la cesión de uso de una vivienda o habitación. A la vez, se tiene que cumplir con el tope de los ingresos de la unidad de convivencia, el cual tiene que ser inferior a los 23.664,16 euros anuales. Las rentas de las viviendas no pueden superar los límites establecidos según su ubicación geográfica. En el Àrea Metropolitana de Barcelona, el alquiler no puede superar los 950 euros, mientras que en el resto de la demarcación de Barcelona y de Girona es de 650 euros. En referencia a las Terres de l'Ebre, Tarragona y Lleida, el máximo está fijado en 600 euros.
Los solicitantes tendrán que acreditar que están al corriente de pago de las rentas de la vivienda y que estos pagos se han hecho a través de transferencia bancaria, recibo domiciliado, Bizum, ingreso en cuenta o recibo emitido por el administrador/a de la finca.