El 8 de junio se abre la convocatoria para pedir la ayuda al alquiler para jóvenes 2022. Este año, tan sólo lo podrán recibir 10.000 personas porque los requisitos son muy específicos y la convocatoria ha sido rodeada de mucha polémica y grandes interrogantes, y la Generalitat será quien se encargue de la gestión. ¿Dónde se puede pedir? ¿Quién se puede beneficiar? ¿Cuáles son los requisitos? ¿Cuánto dinero se puede obtener? Te explicamos todas las claves para pedir la ayuda a alquiler.

📝 Guía para pedir la ayuda al alquiler para joven 2022: quién puede pedir la nueva ayuda de la Generalitat?
 

🔑 Abierta la convocatoria de ayudas al alquiler para jóvenes

¿Quién puede pedir la ayuda al alquiler para jóvenes?

  • Lo pueden hacer todas las personas de entre 18 y 35 años (incluidos) residentes en Catalunya
  • Tienen que ser titulares del contrato de alquiler, habitación y/o cesión de uso
  • Tienen que vivir de manera habitual a la vivienda

¿Cuáles son los requisitos?

  • Estar empadronado en la vivienda
  • Que el contrato de alquiler o cesión de uso no sea entre personas que tengan parentesco
  • Los ingresos anuales de los demandantes tienen que ser iguales o inferiores a 2,83 veces el indicador de renta de suficiencia (IRSC), si los ingresos corresponden al ejercicio fiscal del año 2020; iguales o inferiores a 2,97 veces el IRSC, si los ingresos corresponden al ejercicio fiscal del año 2021; e igual o inferiores a 3,05 veces el IRSC, si los ingresos corresponden al ejercicio del año 2022.

¿Cuál es el precio máximo del alquiler para pedir la ayuda para jóvenes?

Para pedir la ayuda, el precio del alquiler no puede superar el tope marcado en cada territorio.

  • Baix Llobregat, Barcelonès, Maresme, Vallès Occidental y Vallès Oriental: 900 euros en caso de una vivienda y 450 en caso de una habitación
  • El resto de demarcación de Barcelona y demarcación de Girona: 650 euros en caso de una vivienda y 350 en caso de una habitación
  • Demarcaciones de Lleida, Tarragona y Terres del Ebro: 600 euros en caso de una vivienda y 300 en caso de una habitación

¿Cuánto dinero puedes conseguir con el bono joven de ayuda al alquiler y hasta cuándo?

  • Hasta 250 euros, con el límite del importe mensual de la renta o del precio de cesión.
  • Si hay más de un beneficiario en una misma vivienda, la suma de las subvenciones concedidas no podrá superar el importe mensual del alquiler
  • La ayuda se dará por un plazo máximo de dos años. En caso de que el contrato finalice antes, la subvención será por las mensualidades incluidas entre el mes posterior a la fecha de vigencia del contrato.

¿Cuándo y dónde se puede pedir la ayuda al alquiler para jóvenes?

  • El plazo para presentar la solicitud se inicia el día 8 de junio a las 9.00 horas y finaliza el día 17 de junio a las 17.00 horas. Sin embargo, atención, porque hay que ser muy rápidos. Los que se llevarán las ayudas serán los que entren antes las solicitudes.
  • La solicitud se puede hacer a través de Internet al sitio web de trámites de la Generalitat o presencialmente en las oficinas locales de vivienda o a las bolsas que forman parte de la red de mediación para el alquiler social, en la sede de la entidad titular o administradora de la vivienda en los casos de viviendas gestionados por administraciones y empresas públicas. Eso sí, se recomienda hacerlo a través de Internet para ser más rápidos.

¿Qué documentos se tienen que presentar para solicitar la ayuda al alquiler para jóvenes?

Este es el listado de documentos para acreditar los requisitos que se piden a la convocatoria, salvo los casos en que la Administración pueda hacer la consulta, marcados con (*)":

  • Documentos Identidad: Documento nacional de identidad vigente (DNI), certificado de registro de ciudadanos de la UE vigente en caso de ser extranjero comunitario o NIE y tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en caso de ser extranjero no comunitarios: NIE y tarjeta de identidad de extranjero (TIE)

  • (*) Certificado de convivencia

  • Justificando ingresos de la persona solicitando y cada uno de los miembros de la unidad de convivencia en edad laboral, según los casos y las excepciones indicadas en las bases de la convocatoria, habrá que acreditarles aportando la Declaración del impuesto de la renta de las personas físicas (2020) (*), Certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (2020) (*), Certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaría (2021) o bien contrato de trabajo con todas las nóminas recibidas hasta la fecha de presentación de la solicitud.

  • (*) Informe de vida laboral emitido por la TGSS relativo a la persona solicitando y todas las personas en edad laboral que formas parte de la unidad de convivencia.

  • Libro de familia, si procede.

  • El contrato de alquiler o el contrato de cesión de uso de la vivienda o habitación a nombre de la persona solicitando.

  • Todos los recibos de alquiler o del precio de la cesión correspondientes al año 2022, pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud.

  • Hoja de transferencia bancaria normalizada, o documento equivalente, a nombre de la persona solicitando, de la cuenta donde se tiene que ingresar la subvención.

  • (*) Certificado de no tener deudas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Agencia Tributaria de Catalunya (ATC)