La Fiscalia de Barcelona ha abierto una investigación por un presunto delito de prevaricación del Consell Audiovisual de Catalunya (CAC), según ha podido saber El Nacional. Fuentes de la investigación han explicado a este diario que se trata de una causa que se abre en paralelo a todas las que hay abiertas por el 9N. La Fiscalia Superior de Catalunya recibió una denuncia anónima alertando que el Consell Audiovisual de Catalunya había abierto un expediente sancionador a tres medios que se habrían negado a emitir la publicidad de la consulta que la Generalitat hizo llegar a todos los medios de comunicación. Los medios que se habrían negado a la emisión de los anuncios son Onda Cero, la Cadena SER y la COPE.
La Generalitat envió la publicidad sobre la consulta a pesar del decreto de prohibición del 9N del Tribunal Constitucional. Según la investigación, el CAC habría sancionado los tres medios por negarse a emitir la campaña de la consulta. Según fuentes del Ministerio Público, el CAC se expone a un delito de prevaricación, según los indicios que ha encontrado la policía. Hace unos días los tres medios recibieron la petición de la Fiscalía de Barcelona para que entregaran la copia de los expedientes sancionadores. La Fiscalía ahora tiene seis meses para dar forma a la investigación y llevar a juicio a los responsables del Consell Audiovisual de Catalunya.
Aún no hay imputados. De hecho, la acusación debe dirigirse contra alguno de los responsables del CAC, no contra la institución. La pena por un delito de prevaricación es de inhabilitación especial para puesto de trabajo o cargo público y sin poder ejercer el derecho a voto entre 9 a 15 años.
Tú en Madrid, yo en Barcelona
La investigación al CAC es una pieza nueva, una causa en paralelo que se abre independientemente de la principal: la que ha llevado a los juzgados al expresidente Artur Mas, la vicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera d'Ensenyament Irene Rigau. Esta es la principal y la que finalmente se ha quedado en Catalunya. Si hay juicio, se hará en la Audiencia de Barcelona.
En medio de la investigación, surgió la trama que implicaba el exconseller de la Presidència Francesc Homs. Actualmente Homs es aforado y sólo lo puede investigar y juzgar el Tribunal Supremo. Y por eso el juez del 9N derivó toda la causa a Madrid. Pero, como también ha ocurrido con los ERE de Andalucía, el Supremo se ha quedado a Homs y ha vuelto al juez de la Audiencia a Mas, Ortega y Rigau. El Supremo señala que el instructor en Catalunya debe seguir investigando la causa y que sólo tiene que enviar al Alto Tribunal lo que esté directamente relacionado con Homs.
El otro 9N
Un año después de la consulta, el Parlament firmó el decreto para la desconexión. El TC también lo ha anulado y la Audiencia Nacional y la Fiscalía investigan todos los ayuntamientos que le han apoyado aprobando mociones en sus plenos. Los acusan de posibles delitos de rebelión o sedición, prevaricación, desobediencia, uso indebido de fondos públicos y usurpación de funciones.
Los jueces envían a los Mossos allí donde el pleno apruebe las mociones de apoyo, pero ahora mismo ni la Fiscalía, ni la Audiencia Nacional ni el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya saben exactamente a cuántos consistorios se ha requerido información, ni cuántos la han dado. El Ministerio Público hizo un informe el 22 de enero en el que defendía la competencia de la Audiencia Nacional para investigar los posibles "delitos de rebelión y sedición cuando la finalidad de los actos sea cambiar ilegalmente la organización territorial del España y declarar la independencia de una parte del territorio, en este caso Catalunya".
El delito de rebelión tipifica el levantamiento violento y público con el fin de declarar la independencia de una parte del territorio nacional. Está penado con entre 25 y 30 años de prisión. El delito de sedición persigue el alzamiento público tumultuario para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes, el legítimo ejercicio de sus funciones a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, o el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales. Este delito está castigado con entre 10 y 15 años de prisión.
Un concejal imputado
De este hilo también cuelga, en cierto modo, la imputación del regidor de Capgirem Vic, Joan Coma Roura. Su intervención en el pleno en el que se apoyó el decreto del Parlament le llevará dentro de unos días a la Audiencia Nacional. No ha sido de oficio, sin embargo, su imputación. Ha sido por la denuncia de Josep Anglada de Plataforma Vigatana que envió toda la documentación a la Guardia Civil. "Abrí diligencias a la Guardia Civil y traje toda la documentación del pleno", admite Anglada a El Nacional. Josep Anglada pidió que se retirara la moción, pero nadie le hizo caso.
Joan Coma Roura de Capgirem Vic, formación ligada a la CUP, hizo su parlamento en la línea del resto de concejales de Catalunya, con un claro sentido hacia la desobediencia y con un mensaje claro hacia el partido del gobierno de Vic, en este caso CDC: "Dejemos de supeditar las decisiones de nuestras instituciones a las decisiones de las instituciones españolas, en particular a las decisiones del Tribunal Constitucional, que consideramos carente de legitimidad y competencia. Desobediencia, hace tiempo también que lo reclamamos. Nosotros siempre hemos dicho que para hacer la tortilla, habrá romper los huevos. Y esta declaración significa un claro paso adelante hacia la construcción de la República catalana".
La frase "para hacer la tortilla, habrá romper los huevos" se malinterpreta, según Coma. La expresión, que utiliza habitualmente de forma coloquial, no tiene más voluntad que ilustrar la necesidad de hacer algo más que declaraciones: "Sólo haciendo declaraciones, no se aporta nada. Se comenzó a hacer acciones reales ". Y se estraña que estas frases hechas no se puedan decir en pleno siglo XXI.