Caso resuelto más de dos años después. El juzgado de instrucción 4 de Santa Coloma de Farners ha absuelto al alcalde de Caldes de Malavella, Salvador Balliu, juzgado por haberse enfrentado en unos ocupas con un hacha el 19 de abril de 2022. La sentencia concluye que el vídeo que grabaron los denunciantes y que se hizo viral en las redes, donde se veía el alcalde llevando un hacha, descarta que tuviera una "actitud violenta". El juzgado señala que "es verdad que lleva un hacha en la mano, pero en ningún momento se observa una actitud violenta o agresiva, más bien al contrario", y añade que es uno de los ocupas quien "empuña un palo" y lo dirige contra el alcalde, que "acaba retrocediendo y marchándose del sitio". Balliu debía hacer frente a una multa y una indemnización por coacciones leves.
Actitud no violenta
En el vídeo, de aproximadamente 45 segundos, se podía ver al alcalde, y en aquel momento también presidente del Consell Comarcal de la Selva, con un hacha en la mano mientras discutía con unos ocupas. El vídeo circuló por las redes como la pólvora y despertó mucha polémica; incluso, la oposición de Caldes exigió la dimisión de Balliu. Él se negó. En declaraciones en la ACN reconoció que se había puesto nervioso por una situación que no desea "a nadie" cuando fue a su propiedad, pensando que ya estaría vacía y los ocupas lo recibieron amenazándolo con palos. El alcalde señaló que llevaba herramientas en el coche y que intentó defenderse con lo primero que encontró en el interior del vehículo. La denuncia de los ocupas contra el alcalde de Malavella llegó al juzgado de instrucción 4 de Santa Coloma de Farners, y Balliu se enfrentaba a una multa de 2.250 euros y una indemnización por un delito leve de coacciones. Su abogado, Carles Monguilod, pedía su absolución.
Finalmente, el juez ha dado la razón a Balliu y concluye que "los hechos alegados en la denuncia no han quedado probados". Así pues, la sentencia recoge que el delito leve de coacciones "exige una conducta activa por parte del autor" y que, por lo tanto, haya utilizado "fuerza, violencia, amenaza o cualquier forma de coerción física o psicológica" durante su acción. Según señala el juzgado, la conducta tiene que generar temor o inseguridad en la persona", llevándola a actuar "en contra de su libre determinación". En este caso, subraya el juzgado, eso no sucedió: "Del conjunto de la prueba practicada, y en especial del vídeo, no se desprende una actitud activa del denunciado. Es verdad que lleva un hacha en la mano, pero en ningún caso se observa una actitud violenta o agresiva, más bien al contrario".
Ocupada la casa del alcalde
La sentencia señala que una madre y sus hijos —ambos mayores de edad— ocuparon una casa propiedad del alcalde después de ser desahuciados de una vivienda. El 7 de abril de 2022 entraron en la casa, y solo unos días después, la policía les informó de que la casa tenía propietario y que se tenían que marchar. Los ocupas se comprometieron a hacerlo el día 15: "No lo hicieron porque, al ser Semana Santa, no encontraron nada más". Por eso, cuando el alcalde fue a la vivienda el día 19 de abril a cambiar la cerradura, los encontró allí. En ese momento, se produjo el enfrentamiento. Además, el juzgado señala que existen "versiones contradictorias" de los hechos. Por su parte, los ocupas dijeron en el juicio que Balliu había ido hacia ellos ya con el hacha, mientras que el alcalde acusó a los denunciantes de haber salido con un palo y que se vio obligado a coger la herramienta de la furgoneta para defenderse.
La sentencia también analiza el vídeo difundido y concluye que se ve al alcalde con el hacha en la mano, pero bocabajo" y a uno de los hijos de la denunciante dirigiéndose hacia él "empuñando un palo": "Se oye al señor Balliu decir 'a las dos', como indicando la hora máxima para que se fueran y al hijo diciéndole 'pero de qué vas, no hemos encontrado nada, es Semana Santa'". "El denunciado retrocede y se va, volviendo a decir, 'a las dos'", añade el juzgado. Según apunta la sentencia, las pruebas aportadas demuestran que el alcalde es quien "acaba retrocediendo y marchándose del lugar, lanzando como única advertencia que se vayan de la casa". Los ocupas acabaron abandonando el domicilio. Teniendo en cuenta los argumentos de la defensa, el juzgado resuelve que las versiones contradictorias y "la inexistencia de una prueba de cargo suficiente sobre la autoría de los hechos denunciados" lleva a dictar una sentencia absolutoria. Con todo, la sentencia no es firme y se puede recurrir en la Audiencia de Girona.