La Audiencia de Barcelona ha absuelto a un independentista que fue acusado de un delito de odio por Vox. El juicio se hizo el pasado 20 de octubre con la acusación de la Fiscalía de Delitos de Odio y un dirigente de Vox de Terrassa, que es quien denunció los hechos. La fiscalía pedía una pena de un año y nueve meses de prisión y tres meses de multa por un delito de vejaciones y odio, y otro delito leve de lesiones. Pero la única prueba aportada fue la declaración del denunciante y de su mujer, candidata al Congreso de los Diputados por Vox, reconocen que solo habría recibido una patada "de refilón".

La sentencia rechaza claramente que haya habido ningún delito de odio como pretendían la fiscalía y el dirigente ultra y lo absuelve de este cargo. Considera que haber dado una patada con el único resultado de una contusión solo se puede considerar un delito leve de lesiones con una multa de 300 euros. La sentencia no ha sido recurrida ni por el dirigente de VOX ni por la fiscalía. La fiscalía pedía una pena de un año y nueve meses de prisión y tres meses de multa por un delito de vejaciones y odio, y otro delito leve de lesiones.

 

 

 

El juicio giró entorno a una cuestión central: la identificación del acusado. Su nombre y apellidos estaba en los escritos de acusación pero nadie lo había identificado. A preguntas de la defensa, ni los agentes de los Mossos ni de la Guardia Urbana que instruyeron las diligencias aclararon de dónde salió su nombre, más allá de hacer una referencia genérica que constaría de su participación en una concentración meses antes delante de la Fiscalía del TSJC. Por Alerta Solidaria eso es una prueba de la existencia de "ficheros políticos policiales al servicio del Estado y la extrema derecha".

"La cuestión, que volvió a poner en relieve la existencia de bases de datos de militantes y activistas por perfiles y criterios ideológicos y la ausencia de todo control jurídico y democrático de estas prácticas policiales ilegales, ha sido ignorada por la sentencia validando una vez más estas prácticas", dice en un comunicado Alerta Solidaria que se ha hecho cargo de la defensa. Por su parte, el denunciante, miembro de Vox, Jesús Rodríguez Pachón, abogado de profesión, formuló de forma inesperada una petición de 3 años y medio de prisión y el destierro durante 6 años de Terrassa. La sentencia ha rechazado incluso tener en cuenta esta petición porque la acusación particular no había formulado ni siquiera conclusiones por escrito, ni provisionales ni definitivas, ignorando absolutamente lo que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal.