La Comisión de Gobierno de Barcelona ha aprobado inicialmente el Plan de Usos del barrio de Sant Antoni, que limitará y condicionará la apertura de establecimientos como bares, gimnasios y de alquiler de vehículos como bicicletas, y prohibirá abrir nuevos 'meublés' y locales de juegos de azar, entre otros.
El Plan de Usos regula todo el barrio excluyendo las fincas con fachada en la avenida Paral·lel, excepto las manzanas de las calles Parlament y Viladomat, y las de la Gran Via y el distrito del Eixample. Se pretende con este plan evitar que la próxima implantación de la 'supermanzana' y la apertura del Mercat de Sant Antoni afecten negativamente a la calidad de vida del barrio.
Con este objetivo, limita locales de concurrencia pública y algunos establecimientos comerciales, mediante criterios de densidad, distancia y el ancho de la calle, para evitar que se expulse la actividad económica y los negocios de proximidad del barrio, garantizando un equilibrio en los servicios y actividades del territorio. El Plan de Usos, que deberá aprobarse en el pleno, no admite locales de juegos de azar, recreativos, juegos deportivos y atracciones recreativas, ni establecimientos que incluyan máquinas expendedoras de alimentos, ni tampoco los espacios que, pese a no tener categoría de hotel, ofrecen alojamiento fraccionado en horas, incluidos los 'meublés'.
Distancias, densidad y calles
Se restringirán los bares, restaurantes, horchaterías, heladerías con degustación y salones de banquetes, que no se podrán abrir si ya hay cinco en un radio de 50 metros o 15 en 100 metros, en este caso teniendo también en cuenta bares musicales, de autoservicio, platos preparados y comercios con degustación.
Los establecimientos de actividades musicales no se podrán abrir si hay otro a menos de 400 metros lineales y en función del ancho de la calle, como los supermercados de más de 150 metros cuadrados. Los gimnasios y los locutorios no podrán abrir si hay otro en 200 metros lineales.
Los locales de servicios dirigidos sobre todo a turistas --como los de alquiler de vehículos-- no podrán abrir a menos de 400 metros lineales de otro, y también se establecen condiciones para los locales de autoservicio, tiendas de platos preparados y horchaterías y heladerías sin degustación, además de establecimientos de exhibición sexual, de material pornográfico y los locales de prostitución.