El Consorci del Museu de Lleida, el Bisbat de Lleida y la Generalitat recurrirá la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barbastro, que ordena devolver las 111 obras de la Franja a las 43 parroquias de la diócesis de Barbastro-Monzón de donde provenían.
En el caso del Consorci alega que la propiedad de los bienes corresponde al Bisbat de Lleida, por lo cual suya ubicación tiene que ser necesariamente el Museu de Lleida. Además, cree que el traslado de bienes catalogados como colección tiene que ser autorizado para el departament de Cultura con independencia de quien sea propietario, razón por la cual considera que el juzgado invade competencias de la administración catalana.
Tribunales eclesiásticos
Por su parte, el Bisbat de Lleida se muestra en desacuerdo con lo que dice la sentencia porque cree que vulnera los acuerdos firmados con anterioridad con Aragón porque estos hacen referencia a tribunales eclesiásticos y ahora ha sido demandado por el civil y no ha recibido ninguna orden de retirarse del litigio.
Además, se ratifica en el hecho de la causa juzgada, porque la sentencia del Juzgado de Barbastro omite el exequator. En este sentido, hay que recordar que un juzgado de Barbastro, y posteriormente ratificado por la audiencia oscense, sentenció que las resoluciones vaticanas no están amparadas por los acuerdos estado español y la Santa Sede, más allá de las cuestiones matrimoniales.
El Bisbat de Lleida insiste en el hecho de que no se han valorado algunas de las pruebas aportadas, cómo es el caso de todo el protocolo notarial, y se declara propietario de los bienes por usucapión, como mínimo.
No ejerció el derecho de defensa
En el recurso de la Generalitat se resalta que la condena a una obligación de entrega aunque no fue demandada y, por lo tanto, no pudo ejercer sus derechos de defensa durante la tramitación del procedimiento. Además, insiste en el conflicto entre administraciones públicas, que es competencial, por lo cual se tendría que dirimir fuera de la jurisdicción civil.
La Generalitat cree que no se han respetado las competencias administrativas en relación con la gestión y salida de los bienes culturales del Museu de Lleida. Asimismo, añade que no se han tenido en cuenta ni respetado las sentencias dictadas por la sala contenciosa administrativa del TSJC que ratificaron la resolución de la consellera Mieras.