El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la decisión de condenar a un hombre a devolver 231.306,91 euros a la Seguridad Social (en este caso en el Instituto Social de la Marina). El hombre había estado cobrando durante 15 años la pensión de jubilación de su padre, que ya está muerto. Según el hombre, él en ningún momento escondió el hecho de que su padre estuviera muerto y, de hecho, asegura que su madre notificó el deceso al Instituto Social de la Marina en 1999. A pesar de los esfuerzos por justificarlo, el Supremo considera que los hechos constituyen un delito de fraude activo, ya que no solo no informó, sino que mantuvo el engaño durante años manteniendo la cuenta activa.

Según la sentencia del Supremo, los hechos se remontan a 1999, cuando el padre del acusado, que recibía una pensión de jubilación del Instituto Social de la Marina, murió. En aquel momento, la viuda notificó la muerte a la Seguridad Social para así tener acceso a la pensión de viudedad, la cual se le concedió y abonó a la misma cuenta bancaria. Un error administrativo hizo que la Seguridad Social siguiera pagando la pensión de jubilación, y es que no canceló los pagos indebidos y estos se acumularon durante años.

El titular de la cuenta

Con los años, el hijo del matrimonio se incorporó como titular de la cuenta bancaria de los padres, siendo así la persona que controlaba la cuenta. Así pues, el hijo era consciente de que a esta cuenta entraba dinero de la pensión del padre sin ningún tipo de justificación. El hijo tenía la obligación de avisar sobre el error, pero decidió utilizar el dinero para gastos personales y efectuar transferencias a otras cuentas. Fue el año 2015 cuando CaixaBank detectó el error y lo notificó al Instituto Social de la Marina, que suspendió los pagos de manera inmediata.

El fraude se descubrió y la Seguridad Social reclamó la devolución de los 231.306,91 euros que había cobrado de manera indebida, pero esta persona se negó, por eso el caso llegó a los tribunales. El caso se llevó a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que lo condenó por un delito contra la Seguridad Social, ya que el tribunal consideraba que el acusado había escondido la situación, y eso, según la administración, es fraude. La condena fue de dos años de prisión, una multa de 400.000 euros y la obligación de devolver el dinero cobrado. Además, se declaró CaixaBank como responsable civil subsidiario por no haber cumplido su deber de control.

El hombre apeló la decisión y presentó un recurso de casación al Tribunal Superior de Justicia de Canarias y este consideró que el hombre tenía razón porque el error provenía exclusivamente de la Administración, por lo tanto, revocó la condena y lo absolvió del delito. Ahora bien, el Instituto Social de la Marina no aceptó esta resolución y presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que finalmente ha aceptado la condena inicial.