Priorizar el interés superior y protección del menor en casos de violencia machista tiene una respuesta "contradictoria" entre jueces y tribunales catalanes cuando aplican dos nuevas normas para evitar su desprotección, conocido como violencia vicaría. Son la Ley Orgánica 8/21 de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente de la violencia, aprobada el verano del año pasado, y el decreto ley 26/2021 que reforma el libro de Familia del Código Civil Catalán, en el cual se sostiene que todos los menores son víctimas de la violencia machista vivida en el hogar y se refuerza su protección. Así lo ha expuesto este jueves la abogada Montserrat Pareja, socia fundadora de la asociación Dona i Drets, en el marco de II Congreso sobre Violencia Machista del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), en el que se analizan distintos servicios y nuevas normas como la ley del "sí es sí". Pareja, que también es miembro de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), ha expuesto estas resoluciones "disparares" de la Audiencia de Barcelona, "a veces de la misma sala", y también de la Audiencia de Girona y la de Tarragona, que en lugar de suspender el régimen de visitas, comunicaciones y estancias a un progenitor denunciado por maltratador, se prioriza "el estereotipo" de no romper las relaciones familiares.

En la ponencia de análisis sobre la reforma del Código Civil de Catalunya (art.236.5) y el Código Civil Común, Pareja ha explicado que "el objetivo que se había marcado la reforma catalana de no más víctimas de violencia machista, por ahora no se ha cumplido" ante el incremento de un 10% más en el segundo trimestre de 2022, según los últimos datos del Observatorio de Violencia sobre la Mujer del CGPJ. Ha añadido que los tribunales han priorizado la excepción de la norma que permite al juez y tribunal no cumplir con la retirada automática de la relación del menor con el progenitor violento. La abogada también ha asegurado que el hecho de que haya tres tipos de juzgados -el de violencia contra la mujer, los de instrucción o penales y los civiles o de Familia- hace que muchas veces se pasen de unos a los otros los expedientes y el menor quede desatendido, como ya se denunció en un estudio reciente.

La gravedad de las dilaciones

La especialización de los juzgados, tal como recoge la ley española, en infancia, familia y capacidad, es urgente, según la AEAFA, así como ampliar los recursos, como la creación de una matrícula familiar, donde distintos juzgados conozcan todos los procedimientos abiertos. En este sentido, Pareja ha asegurado que un informe de los servicios especiales, como el EATAF, necesario para evidenciar que el menor está en riesgo tardan de seis meses a un año, hecho que crea "graves dilaciones" y mantiene al menor en riesgo. Además, ha instado a los jueces que "amplíen su mirada", y no solamente resuelvan si hay daños físicos, sino también de psicológicos o morales, como el menosprecio, o que la mujer diga que no puede acceder a las cuentas.

El peligro del automatismo

En la misma ponencia, los magistrados Francisco Javier Pereda, presidente de la sección 18.ª de la Audiencia de Barcelona, y Natalia Velilla, magistrada del juzgado de Primera Instancia 7 de Familia e incapacidades de Móstoles, han coincidido en afirmar que con estas reformas se demuestra que "el legislador no se fía del judicial", y limita mucho los supósitos para aplicar la suspensión del régimen de visitas, comunicaciones y estancias, acciones -han precisado- que los jueces ya podían aplicar antes de estas reformas. Los dos magistrados también han asegurado que el peligro de las nuevas normas es "el automatismo" en que se afirma que todos los menores que vivan un episodio de violencia o tengan un grave riesgo tienen que ser apartados del supuesto maltratador, o cuando está en la prisión. Velilla ha detallado que este automatismo se ha roto con la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que descartó un recurso de VOX contra este supuesto, al hacer una lectura más abierta y dando al juez más potestad de actuación e interpretación, siempre que motive su decisión.

La asistencia gratuita a las víctimas

La consellera de Justicia, Gemma Ubasart, y el decano de Colegio de l'Abogacía de Barcelona, Jesús M. Sánchez, clausurarán este viernes el II Congreso de Violencia Machista, en el cual se han analizado, entre otros, la asistencia y asesoramiento jurídico por parte de abogados a las víctimas en las comisarías de Mossos de Esquadra, un servicio pionero en Catalunya desde el año pasado aunque la abogacía solicita más recursos a la administración para llegar a todo el territorio, como ha planteado la abogada Cristina Capuz. Las responsables del cuerpo policial han asegurado que la mayoría de las víctimas de violencia de género mantienen las denuncias, mientras que las de violencia machista, en contextos sociales y comunitarios, las retiran más a menudo. Han indicado que del total de víctimas atendidas, un 87% son de violencia de género y el 78% de violencia machista.

ICABFOTOBO1 Ponencia sobre la asistencia letrada de las víctimas en comisaria. / Foto: Albert Muñoz/ Icab

En la sesión de este jueves por la tarde se ha analizado la LO 10/22, de garantía integral de libertad sexual, más conocida como la ley del "sí es sí", presentada por la abogada Marina Roig, vicepresidenta de la comisión de Mujeres Abogadas de la Icab. Roig espera que haya suficientes medios para desarrollar correctamente la ley y los recursos que contempla. Uno de ellos es la asistencia jurídica gratuita para todas las víctimas de violencia machista, como ya tienen las víctimas de violencia de género y de tráfico de personas por agresiones sexuales; la ley fija el plazo de un año para adaptar la norma de la asistencia jurídica. Este viernes también se presentarán las conclusiones del congreso.