La Federación Catalana de Locales de Ocio Nocturno (Fecalon), juntamente con 55 asociaciones y gremios de restauración, y, por otro lado, la Federación Catalana de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm) han presentado hoy al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) dos recursos contenciosos-administrativos contra el cierre del ocio nocturno y la reducción de aforo a la restauración decretados por la Generalitat para luchar contra la covid-19, que no requieren el aval judicial porque no afecta derechos fundamentales. La principal peticón de Fecalon es poder reabrir las discotecas al menos la noche de Fin de Año, una de las más importantes con respecto a su negocio.
En los recursos, las entidades piden la nulidad de pleno derecho o al menos la suspensión cautelar urgente de todas las medidas restrictivas, incluidas el toque de queda nocturno y la limitación de las reuniones, ya que las entidades ven inconstitucional que una comunidad autónoma restrinja derechos para contener la pandemia. El Govern aprobó las restricciones la semana pasada para intentar parar el elevado volumen de contagios.
El TSJC aprobó el toque de queda, de una a seis de la mañana, hasta el 7 de enero con poblaciones de más de 10.000 habitantes con un índice superior a los 250 casos por 100.000 habitantes, y algunos municipios, de su alrededor. También validó el límite de reuniones a diez personas en el ámbito público y privado. Además, mantiene el uso del pasaporte covid-19.
Peticiones
Por su parte, el secretario general de Fecalon, el abogado Fernando Martínez, ha sido el responsable de la coordinación jurídica de este nuevo recurso a la sala tercera del contencioso-administrativo del TSJC, a la cual también se han añadido 55 asociaciones del sector, como los gremios de restauración y asociaciones de DJ de Catalunya y España.
En concreto, Fecalon solicita que se suspenda el cierre de las actividades recreativas musicales, salas de conciertos y cafés teatros y de conciertos a las 00.30 h, a excepción de las poblaciones donde exista el toque de queda. Y que se deje sin efecto la limitación del aforo de las actividades de hostelería y de restauración al 50%, o subsidiariamente que la reducción sea únicamente al 75% del aforo. También se solicita que se levante la suspensión total de las actividades de los locales de karaoke, bares musicales y locales sin pista de baile. Y finalmente, se pide que todos estos locales del ocio nocturno se los permita abrir el 1 de enero, y su desplazamiento, exhibiendo la entrada.
El TSJC ha aprobado todas las medidas solicitadas por el Gobierno ante las elevadas cifras de contagio de la variante ómicron. Solamente riñó en el Departamento de Salud por no definir claramente las restricciones propuestas a las actas religiosas y ceremonias civiles, que el tribunal las ha fijado en un 70%.