El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha autorizado este jueves el uso del pasaporte covid para acceder a bares y restaurantes, gimnasios e instalaciones deportivas y residencias de ancianos. La medida entra en vigor esta medianoche y tiene una duración inicial de quince días. Todos estos establecimientos se suman al ocio nocturno y a los banquetes con baile, donde ya era vigente la obligatoriedad de enseñar el pase covid. Habrá que ver si esta medida se amplía a más establecimientos en los próximos días después de que el comité asesor del Departamento de Salud lo recomendara para cines y teatros. Hasta ahora, solo era obligatorio para el ocio nocturno y también para bodas celebradas en lugares cerrados. Este martes, sin embargo, el Gobierno ha comunicado la decisión para mirar de frenar los contagios por coronavirus, que siguen subiendo.

El TSJC avala la decisión del Gobierno y para justificarla recurre a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. "Entendemos que las medidas de las cuales se propone ratificación cumplen favorablemente con el triple juicio en el cual hace referencia un estado que ahora se vuelve a agravar, como ya se ha indicado, y que procede a atender debidamente sin dilación", dice el tribunal en la resolución que se ha comunicado este mediodía al Gobierno.

En concreto, el tribunal avala el pasaporte covid para actividades de los locales y establecimientos de restauración integrados en centros, galerías o recintos comerciales; locales y espacios donde se desarrollan actividades culturales de artes escénicas y musicales (teatro, cine, auditorio y circos...); salas y gimnasios donde se practica actividad física y en el Centro de Alto Rendimiento de Sant Cugat; centros residenciales; actividades de hostelería y restauración; congresos, convenciones, ferias comerciales y actividades recreativas musicales.

La resolución hace referencia al momento actual de propagación del virus y al posible relajamiento de la sociedad en los actos públicos: "En un entorno de actitud jovial, aglomeración de personas, asociación a la interacción social, dificultad en mantener la distancia social con mascarilla, etc... puede generar un mayor riesgo de contagio por la relajación de algunas cautelas. Son necesarias, dada la incidencia en que todavía se mantiene en Catalunya de propagación del virus y puede darse en las mencionadas escenas situaciones de superpropagación".

 

 

El tribunal reconoce, además, que las medidas aplicadas hasta el momento "son proporcionales, teniendo en cuenta que suponen la posibilidad de reapertura y restauración de muchas actividades que habían quedado paralizadas o suspendidas, y la ponderación entre la mínima restricción de derechos que supone la muestra de la documentación exigida y la protección de bienes jurídicos como la salud individual y colectiva y la vida".

El TSJC, sin embargo, alerta en su resolución que si el Gobierno va ampliando las medidas aprobadas hará falta una mejor motivación: "La adición acentuada y sin freno de más y más actividades va llegando a una altura que requerirá una mayor motivación y justificación reforzada".