El juzgado de lo penal 25 de Barcelona ha absuelto a Ildefonso Falcones y su esposa de los tres delitos contra la Hacienda Pública por los que se les había juzgado por un supuesto fraude fiscal de 1,4 millones de euros en la gestión de los derechos de autor de su libro La Catedral del Mar. El caso hace 5 años que sigue un periplo judicial. Se llegó archivar el año 2016, pero la Audiencia de Barcelona lo hizo volver a abrir después la Fiscalía y la Abogacía del Estado argumentaran que el archivo no estaba lo bastante motivado.
La Fiscalía los acusaba de tres delitos contra la Agencia Tributaria en los ejercicios del 2009, 2010 y 2011 por|para presuntamente haber escondido la obtención de importantes rendimientos económicos cuando transmitió sus derechos de autor a entidades fuera de España pero controladas por ellos.
El juicio se hizo este mes de junio pasado y Falcones aseguró que cedió los derechos de su primer éxito La catedral del mar a una empresa de su hermano Rafael porque este lo había ayudado previamente con una relevante deuda. Le cedió antes de que se editara el libro y después ya no quiso recuperar los derechos como muestra de agradecimiento por|para la ayuda recibida. No obstante, el hermano le alquiló una casa. La mujer de Falcones explicó que confiaba los temas económicos a su marido y a su cuñado. Cuando La catedral del mar ya era un éxito mundial, con cerca de 2 millones de ejemplares vendidos, la editorial le ofreció 60.000 euros para cada uno de los siguientes libros, de los cuales tenía los derechos el hermano, que le pagaba 3.000 euros mensuales como contraprestación.
Ahora la magistrada del juzgado de lo penal número 25 considera que no se ha podido demostrar que Falcones firmara contratos ficticios con empresas en paraísos fiscales para cederlos los derechos de autor y no desviar los beneficios al extranjero|en el extranjero. En todo caso, considera que ninguna de las cuotas defraudadas superaría los 120.000 euros anuales y, por lo tanto, no se podrían considerar delictivas.
Según considera probado la sentencia, Falcones registró 'La catedral del mar' en 1999 pero no fue hasta julio del 2004 que firmó un contrato con una agencia literaria y acordó la publicación con la editorial Random House Mondadori. En noviembre del 2004 el autor cedió los derechos de autor de la obra a su bufete de abogados, compartido con la esposa, por 3.000 euros para todas las lenguas y modalidades de edición y por tiempo indefinido. Al día siguiente de esta cesión, el bufete firmó el contrato de edición con el editorial para publicar el libro en castellano en todo el mundo por 10.000 euros y pocas semanas después lo hicieron para publicarlo en catalán por 3.000 euros más.
Fue el año siguiente, el 2005, cuando el hermano, representando el bufete de abogados, cedió los derechos de la obra por todo el mundo a una sociedad dominicana por 60.000 euros, sin embargo, reservándose un 20% de los beneficios para el bufete. En el 2006 el escritor cedió los derechos de sus próximas diez obras literarias a una empresa propiedad de su hermano por 3.000 euros mensuales, con una reserva del 20% de los beneficios económicos para el propio autor y con la condición que liquidara una deuda de 106.000 euros con Hacienda. Los siguientes años, los derechos de las obras se fueron cediendo a varias empresas.
En el 2010 el autor, su bufete de abogados y empresas de su hermano firmaron en la República Dominicana una renovación de los derechos de autor de las obras por las versiones audiovisuales. Además, una empresa dominicana de su hermano se comprometía a facilitar una vivienda a Falcones en Barcelona valorado entre 2,5 y 4 millones de euros con alquiler con opción de compra. En el 2011 la empresa Mezzanine Investments compró una vivienda en el barrio de Tres Torres por 1,9 millones de euros que alquiló al bufete de abogados y que este cedió a la mujer de Falcones para que viviera allí el matrimonio. El matrimonio aprovechó la amnistía fiscal promovida por el gobierno del PP para regularizar dinero que tenía al en el extranjero, 1,3 millones en total. Otros gastos y retiradas de dinero se consideran prescritos penalmente.