La Fiscalía de Barcelona ha informado de que Noelia, de 24 años y con paraplejia, "cumple los requisitos que prevé la ley de eutanasia para recibir la prestación de ayuda a morir solicitada, que su decisión es firme, libre y autónoma, y que se encuentra en situación de contexto eutanásico", según ha anunciado el ministerio público  en un comunicado este martes. No obstante, en el informe presentado ante la magistrada de Barcelona, la fiscal también sostiene que "el padre tiene interés legítimo para intervenir como demandante en el procedimiento". Este posicionamiento significa que también avala su acción de querer frenar la muerte asistida de su hija, que una comisión de expertos aprobó para el 2 de agosto pasado, y que a última hora el progenitor paró, con el asesoramiento de la fundación ultracatólica Abogados Cristianos.

Ahora, la titular del juzgado de lo contencioso-administrativo 12 de Barcelona tendrá que resolver si concede la muerte digna a Noelia, que fue obligada a acudir al juzgado para defender su decisión. Su sentencia no será definitiva y se podrá presentar recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), lo que aplazará más meses el cumplimiento de su petición.

El interés legítimo, a debate

Por su parte, la Generalitat ha pedido a la magistrada que apruebe la muerte digna de Noelia y que deniegue la legitimidad de su padre a presentar recurso porque no ha especificado qué derecho se le ha vulnerado a él con la muerte asistida de su hija. Además, recuerda que el progenitor ha estado ausente durante casi toda la vida de la chica, tutelada cuando era menor, y que ahora ni siquiera convive con ella.

En su informe, el abogado de la Generalitat ha denunciado que el padre, junto con Abogados Cristianos, vulnera un derecho personalísimo de la joven "sin pruebas y con mentiras". Se refiere a una supuesta nota que ella habría escrito desdiciéndose, hecho negado por la chica a la magistrada y a la fiscal, a las que aseguró que tenía presiones de su entorno católico.

En el comunicado, la Fiscalía no detalla sus argumentos jurídicos sobre el interés legítimo del padre. En este sentido, el abogado de la Generalitat recuerda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que se tiene que demostrar un efecto jurídico material para tener un interés legítimo y no solo la relación de parentesco.

Segundo caso al TSJC

La ampliación del interés legítimo a familiares puede provocar que se pidan frenar más eutanasias en los juzgados. Precisamente, la sala de lo contencioso del TSJC tiene que debatir el segundo caso de eutanasia paralizada en Barcelona. Se trata de un hombre de 56 años, con la eutanasia aprobada por la comisión de expertos, y que una magistrada de Barcelona paró en verano, a petición del padre, también con un letrado de Abogados Cristianos. Finalmente, la magistrada dio el visto bueno a la eutanasia y aseguró que el padre -que en este caso sí que vive con el solicitante- no tiene legitimidad para presentar un recurso en contra. La Fiscalía y el padre presentaron recurso, y el alto tribunal catalán tiene que resolverlo.