Un juicio excepcional. La Fiscalía ha mantenido la petición de 2 años de prisión para Silvia Aquiles, a quien acusa de sustracción de menores por no haber entregado a tiempo a su hija de 7 años y su hijo de 5 años en el juzgado, en febrero de 2020. El juicio se ha celebrado en el juzgado de lo Penal 22 de Barcelona este lunes. Aquiles los entregó solo unos 15 días después de ser requerida en el juzgado, además ella no recibió ninguna notificación oficial y su abogada, enferma, no se lo comunicó hasta unos días después, momento en que se personó en el juzgado. A pesar de estas circunstancias, la fiscal ha mantenido la petición de prisión, que la acusación particular, ejercida por el exmarido, eleva a 5 años de prisión.

"Soy inocente y el único delito que he cometido es escuchar a mis hijos", ha afirmado Aquiles en el turno de la última palabra, y ha añadido que "es víctima de violencia de género institucional", como se lo acredita el Institut Català de les Dones, desde que en el 2015 denunció al marido por sospechar que cometía abusos sexuales, primero a la niña, y después al niño, investigaciones que se abrieron y que en procedimientos de Familia se giraron contra ella y le aplicaron a los niños el falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) y que a la madre les influía contra el padre. Su abogada, Antonia Ortiz, ha pedido su absolución al asegurar que no ha cometido ningún delito. Alternativamente, sin embargo, ha pedido la pena mínima de tres meses de prisión.

Un informe clave

El titular del Penal 22 de Barcelona, el magistrado Josep Tomàs Salas, suspendió el juicio en Aquiles, el abril pasado, ya que su abogada presentó como prueba documental un reciente informe, de la Universidad Carlos III y del grupo de investigación Antigona, Violencia institucional contra las madres y la infancia, con financiación del Gobierno, en el cual se investiga su caso y 47 más, y se concluye que Aquiles ha sufrido violencia de género institucional. Antes de entrar en el juicio, Aquiles ha recibido el apoyo de mujeres y madres autonombradas "madres protectoras", que están unidas en la Plataforma Yo si te creo. Catalunya es pionera al incluir legalmente la violencia institucional, como uno de los tipos de violencia machista contra las mujeres. Y ante la excepcionalidad de este caso, cinco abogadas con toga -miembros de Mujeres Juristas y de Iacta Advocades- han estado presentes en todo el juicio como observadoras.

Un momento del juicio a Silvia Aquiles, en el juzgado de lo Penal 22 de Barcelona, este lunes. / Foto: J.A.

Una resolución no comunicada a la madre

En el juicio, una procuradora ha admitido que no notificó a Silvia Aquiles la resolución del 17 de febrero de 2020, del juzgado de Familia, que le retiraba la custodia de los dos niños, que es de cumplimiento inmediato, y que lo envió a la abogada por correo electrónico, la cual estaba enferma y hasta el 3 de marzo no lo comunicó a la madre, que ha explicado que se llevó a Girona unos días a los niños y que se puso enferma y los niños no fueron a la escuela. Finalmente, el 4 de marzo llevó a los niños al juzgado. El padre, con la abogada Meritxell Torras, interpuso una querella por sustracción de menores, el mismo día de la notificación, hecho que la defensa asegura que en aquel momento no se había producido ningún delito. La abogada del padre ha pedido la condena de la madre al asegurar que su versión "no es creíble" y que sobre el informe de la Universidad Carlos III "solo recoge una versión, y nunca se ha preguntado al padre".

Aquiles, en un momento de su declaración, este lunes. / Foto: J.A.

Por el contrario, la abogada de Aquiles ha pedido su absolución, aunque ha pedido la alternativa de la condena a la pena mínima de 6 meses, rebajada a tres meses de prisión, por la atenuante de reparación del daño o de repararlo porque solo fueron supuestamente unos 15 días de no presentarse en el juzgado. La letrada ha expuesto hasta 11 motivos para su absolución, como que no actuó con ningún dolo, sino con desconocimiento, y que como mucho tendría que haber sido acusada de un delito de desobediencia, no de sustracción de menores. Además, ha recordado que el padre no puede acusar a Aquiles de la sustracción de la hija, ya que la magistrada de Familia, de forma excepcional, retiró la custodia tanto al padre como a la madre, y la niña pasó a vivir a un centro de la DGAIA durante un tiempo, y, por lo tanto, tendría que ser la Generalitat a quien reclamara por ella. "No tenía ningún ánimo ni intencionalidad de marcharse ni de desaparecer", ha concluido la abogada de Sílvia Aquiles.

 

En la foto principal, Silvia Aquiles, cuando fue a la primera vista en el juzgado penal, el abril pasado. / Foto: Montse Giralt