La Fiscalía General del Estado se opone a recusar a Manuel Marchenaque tiene que presidir el juicio del 1-O. Lo habían pedido hace una semana los presos políticos después de que el magistrado hiciera público que renunciaba a presidir el poder judicial.

Los fiscales dicen que el escrito de recusación que han hecho los abogados es pobre de argumentos y dice que "se limita a indicar" la supuesta vinculación de Marchena "con el partido político del PP que reclama severas penas contra los recusantes" y que lo basan en el mensaje de Whatsapp enviado por el senador Ignacio Cosidó sobre un acuerdo previo por la renovación del CGPJ entre el PSOE y el PP. Sin ningún dato objetivo sobre la conducta o disposición del magistrado que permita fundar alguna sospecha, la presente recusación descansa en la presunción de su vinculación, con un partido político, completamente ajeno a la causa".

El ministerio público tilda de "dudas basadas en simples apreciaciones o impresiones personales" los planteamientos de las defensas sobre el magistrado y su imparcialidad, sin que haya nada que lo pruebe. Y asegura que "la imparcialidad personal de un magistrado se presume sólo si se prueba el contrario".

La fiscalía defiende a Marchena y dice que "la denuncia de parcialidad es inasumible en tanto que no viene referida en ninguna acción, expresión o pronunciamiento de lo mismo en el ámbito público de sus funciones, ni al privar de su vida personal, que lo aleje de la absoluta imparcialidad respecto del objeto del proceso y las personas que en lo mismo están afectadas o de alguna manera intervienen".

 

 

La fiscalía riñe incluso a los abogados y asegura que "no es posible racionalmente atribuir al magistrado Marchena, de forma especulativa ―y sin un mínimo de seriedad―, concretas ideas políticas o afinidades ideológicas que él mismo nunca ha expresado con lo dicho o hecho, y mucho menos en su trabajo judicial".

También dice que en caso de que hubiera una afinidad ideológica a un partido político, eso "no sería suficiente como para descartar la imparcialidad subjetiva" y recuerda que el magistrado, como cualquier otro ciudadano, está amparado por la libertad ideológica y de pensamiento que garantiza la CE.