El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha pedido en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) que anule la entrada y registro que se produjo en su despacho de la fiscalía por "manifiesta y notoria desproporción". La abogacía del Estado, que representa García Ortiz, ha presentado un recurso en el cual asegura que en la información requisada a través de la incautación masiva de correos y mensajes de los dispositivos electrónicos confiscados hay "información que puede comprometer la seguridad del Estado". García Ortiz reunió a los fiscales el pasado 7 de noviembre para explicarles el registro de la Guardia Civil, dado que los dispositivos contenían información de muchas fiscalías que tienen en marcha "investigaciones sensibles" y quería explicarles cómo podría afectar al cacheo en el trabajo de su día a día.

Diez horas de cacheo

La Unidad Central Operativa de Guardia Civil (UCO) registró el despacho de García Ortiz el pasado 30 de octubre durante diez horas por orden del juez del Supremo, Ángel Hurtado, en el marco de la investigación por presunta revelación de secretos en la causa de Alberto González Amador, la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. La Abogacía del Estado ha recurrido delante de la sala esta decisión de Hurtado, instructor de la causa judicial que se abrió contra García Ortiz, y la fiscal jefe de la provincia de Madrid, Pilar Rodríguez, después de la denuncia de González Amador.

"El perjuicio mayor en la Fiscalía"

Los servicios jurídicos del Estado consideran que las diligencias de entrada y registro, clonado, volcado e incautación de los dispositivos de almacenamiento masivo de García Ortiz "constituye seguramente el mayor perjuicio (el tiempo dirá si irreparable) que se ha causado a la Fiscalía General del Estado y a la fiscal jefe provincial de Madrid", según ha adelantado El País de fuentes jurídicas y ha confirmado Europa Press. El instructor de la causa, Ángel Hurtado, autorizó "la intervención y/o copia, en su integridad o parcialmente, de cualquier tipo de material o soporte informático y telemático (incluida telefonía móvil) que haya podido ser empleado o que pudiera servir como indicios o pruebas". Esta autorización incluyó la confiscación de los teléfonos móviles de García Ortiz, así "como otros dispositivos informáticos/telemáticos que pudiera llevar (tableta, portátil y otros)". De la misma manera, el juez del Supremo también dio luz verde al volcado de las cuentas de correo electrónico, perfiles en redes sociales y otros repositorios de información en Internet administrados por García Ortiz, además de "la información que se encontraba en los servidores".

Limitaciones del juez

Posteriormente, el juez introdujo dos límites. Por un lado, acotó la información que podía ser utilizada en la causa a la que pueda tener relación con el delito de revelación de secretos investigado. Y por otra, también la acotó temporalmente, desde el 8 de marzo hasta el 30 de octubre, pero de nuevo, con posterioridad, el instructor especificó que era del 8 al 14 de marzo, cuyas fechas se realiza producir la filtración. Pero el material ya había sido incautado por la Guardia Civil y se encontraba en manos de los investigadores.

Este movimiento de Abogacía del Estado se suma al de la teniente fiscal del Tribunal Supremo (TS), María Ángeles Sánchez Conde, quien señaló en el recurso de apelación ante el TS del pasado 5 de noviembre contra las actuaciones que autorizaban los registros efectuados en los despachos del fiscal general y la fiscal jefe provincial de Madrid que estos eran nulos porque no contenían "un relato de los hechos que se consideran delictivos".

La causa contra García Ortiz

El Tribunal Supremo abrió una causa contra el fiscal general del Estado para investigar si cometió un delito de revelación de secretos sobre la investigación de presunto fraude fiscal de Alberto González Amador. La Sala de lo Penal del Alto Tribunal acogió por unanimidad la petición tanto de la pareja de Isabel Díaz Ayuso como del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que acusan al fiscal del Estado de haber revelado información privada con el comunicado que difundió para aclarar que fue González Amador (y no al revés) quien ofreció un pacto en la Fiscalía y quien admitió el fraude a Hacienda para no entrar en la prisión. El Supremo reconoció que, de la transcripción de la nota controvertida, se deduce que, "aparentemente, no hay información indebidamente revelada, ante el conocimiento público de los hechos," pero argumentó que, de la instrucción del TSJM, sí que "se desprende que horas antes de la nota de prensa, los correos entre el fiscal del caso y el letrado del particular fueron revelados" cuando estaban "en poder" del fiscal general del Estado y de la fiscal jefe provincial. Y aquí el Supremo apreció un "perjuicio derivado de las revelaciones".