Ni banderas catalanas, ni españolas, ni francesas, ni esteladas, ni palestinas, ni LGTBI, ni de ningún otro país o mensaje. El 'comú' de la parroquia de Canillo, en Andorra, ha aprobado una ordenanza para prohibir colgar banderas en los balcones, excepto la bandera andorrana, tal como ha avanzado este martes el Ara Andorra. El objetivo de las autoridades locales es "promover y preservar la identidad andorrana" ante el hecho de que solo el 28% de los residentes en este lugar del país tienen la nacionalidad del Principado, mientras que ha habido los últimos años un aumento de los residentes de origen extranjero —especialmente de Argentina, Colombia y el Perú— y estos son ya más que los endémicos, el 31%.
El otro motivo que motiva esta inusual política es para evitar posibles enfrentamientos para que se cuelguen banderas que puedan generar polémica o el enfado de unos u otros, según explican conocedores de la ordenanza al citado diario. En este sentido, esta forma de censura por parte de los poderes públicos responde también a evitar banderas de países actualmente en guerra, como pueden ser la bandera palestina o la israelí, con el fin de evitar conflictos entre los residentes.
¿Y en Catalunya?
¿Y qué dice la normativa a Catalunya, sobre la posibilidad de aplicar una medida como esta? Aquí la fachada de un edificio se considera desde el punto de vista legal una responsabilidad común del conjunto de la comunidad de vecinos, de manera que es esta la que tiene que dictar —llegando a un consenso de tres quintas partes de los propietarios— si se permiten o no poner banderas o cualquier otro elemento que se considere que altera este espacio común. Otra cosa es si la bandera o el elemento que sea se pone dentro del espacio, en la terraza, lo cual se considera parte de la propiedad privada. Ahora bien, si está en el exterior del balcón, quien tiene la palabra es la comunidad de vecinos, de acuerdo con el Código Civil catalán.
De hecho, durante los años más intensos del Procés, cuando proliferaban muchas más esteladas independentistas y también 'rojigualdas', hubo polémica sobre la cuestión en Catalunya. Muchos propietarios empezaron a poner en los contratos de alquiler cláusulas que prohibían poner banderas y en 2019 llegaron a ser en torno a la mitad de los nuevos contratos las que lo incluían, de acuerdo con los datos de los colegios de fincas catalanes. De hecho, el Col·legi d'Administradors de Finques de Barcelona-Lleida instaba a los propietarios a poner estas cláusulas. Entonces, salieron juristas a denunciar que permitir la colocación o no de banderas en las fachadas es una decisión que tiene que tomar la comunidad de vecinos en su conjunto, no solo un propietario, por lo que sería una cláusula nula. Con todo, otros expertos señalaron que la cláusula es válida si el inquilino lo acepta y lo firma de conformidad.