El titular del juzgado de lo social número 8 de Barcelona ha dictado la primera sentencia que atribuye la muerte de un extrabajador del Metro de Barcelona a la exposición al amianto en el puesto de trabajo. La resolución establece que el origen del mesotelioma que le causó la muerte el año 2019 fue "estar en contacto con el amianto durante más de 20 años" mientras desarrollaba sus tareas profesionales, entre los años 1988 y 2008. El hombre era auxiliar técnico de mantenimiento y reparación de sistemas eléctricos y estaba adscrito a la unidad del sistema digital de datos y voz tanto en los convoyes de transporte como las instalaciones ferroviarias, especialmente en los túneles. Por eso, la sentencia reconoce que la muerte fue por enfermedad profesional y concede la pensión de viudedad del 100% a su mujer. La compañía TMB ya ha anunciado que recurrirá la resolución, según informa la ACN.
La sentencia acoge el argumento de la demanda presentada por Colectivo Ronda en representación de la familia, que señala que el difunto "estuvo en contacto con el amianto durante más de 20 años, sin ninguna protección ni control médico, siendo la causa de la defunción un mesotelioma pleural maligno, enfermedad que consta como profesional en el listado de enfermedades profesionales".
Razonamientos del contacto con el amianto
En la sentencia, el titular del juzgado de lo social número 8 de Barcelona señala con contundencia que el contacto continuado con el amianto es "con casi absoluta certeza" el origen del mesotelioma pleural que el año 2019 puso fin a la vida del trabajador, que entre los años 1988 y 2008 trabajó en el Metro, primero como auxiliar técnico en instalaciones eléctricas y posteriormente como especialista del servicio digital de voz y datos, "en contacto directo con los convoyes y con el sistema eléctrico del Metro de Barcelona".
Sobre la presencia de amianto en los convoyes y las instalaciones del suburbano barcelonés, el magistrado recuerda que un informe de Inspección de Trabajo "concluye que la empresa demandada reconoce la presencia de amianto y materiales con amianto en las instalaciones y túneles del Metro, motivo por el cual desde el año 1987 se realiza una gestión de la exposición al amianto," y que estos materiales "han estado presentes en los convoyes sea en los motores o en los zapatos de freno, cosa que implicaba la emisión de fibras de amianto al ambiente, especialmente en los túneles". De hecho, el año 1990, una evaluación higiénica para determinar los niveles de contaminación ambiental por polvo y gases en los túneles del Metro de la capital catalana estableció la presencia en el aire "de amianto aportado por el desgaste en el transcurso del tiempo de los antiguos zapatos de freno y por el ambiente exterior a través de la ventilación" y también "consta la presencia de amianto en diferentes aislantes de componentes eléctricos".
Dejar de negar la evidencia
Àlex Tisminetzky forma parte del equipo de abogados de Colectivo Ronda junto con Mireia Garcia, responsable de la demanda para el reconocimiento del carácter profesional del mesotelioma causante de la muerte del extrabajador del Metro. Para el letrado, esta primera sentencia "se convierte en un hito histórico en la lucha de los trabajadores del Metro de Barcelona para obtener el reconocimiento que merecen las patologías causadas por el amianto que les afectan y que los pueden afectar en el futuro, vistos los largos periodos de latencia de las enfermedades que tienen origen a la exposición al asbesto". Desgraciadamente, a pesar de haber conseguido una sentencia favorable pionera, el abogado considera que "es vergonzoso que solo en tiempos muy recientes, Metro de Barcelona haya empezado a admitir no su responsabilidad, sino la mera presencia de amianto a los convoyes y las instalaciones, al contrario de lo que han hecho durante décadas negando su existencia."
"Es inverosímil que se siga negando que los trabajadores del Metro han sido expuestos en las fibras de amianto, a menudo sin formación, protección adecuada ni revisiones médicas. Y estamos seguros de que esta sentencia es solamente la primera de muchas que están por llegar", afirma el abogado de Colectivo Ronda.
Por su parte, en un comunicado, TMB ha recordado que la sentencia no hace ningún reproche a las medidas de seguridad de la empresa, que ha anunciado que piensa recorrer. La compañía recuerda que hace más de 30 años que tiene un plan para retirar todo el amianto, del cual ya ha retirado el 75% del material a las instalaciones. Con respecto a los trenes, en otoño se pondrán en servicio los nuevos trenes de la serie 7.000 y eso eliminará todo el amianto del material móvil. Además, tiene un plan de salud laboral que hace controles exhaustivos a todos los trabajadores y reubica los casos necesarios.
TMB ha afirmado que la sentencia no ha tenido en cuenta los años que el trabajador fue empleado de otras empresas, de 1959 hasta que entró en el Metro. Además, recuerda que un informe de Inspección de Trabajo no pudo determinar una exposición del trabajador en el amianto superior a la reglamentaria. El puesto de trabajo del empleado no fue considerado de posible exposición al amianto.