El juez ha dado vía libre a la estelada. Este domingo, en la final de la Copa del Rey entre el Barça y la Sevilla, los aficionados podrán llevar las banderas que quieran, y la estelada también. El juez número 11 del Contencioso Administrativo ha tumbado la prohibición de la Delegada del Gobierno español en Madrid.
Según el magistrado, el firmamento no incita a la violencia y "en ningún caso" ha quedado probada esta acusación. El juez es claro respecto a la simbología política de la estelada y asegura que "como manifestación de una ideología política o creencia no se justifica en qué medida infringe el orden jurídico existente" ni en qué medida puede haber "una perturbación grave de los intereses generales "como argumentaba Dancausa.
El juez es muy claro y duro y acusa la Administración de "generar un daño para que impide, de forma pacífica, manifestar y expresar la ideología política con la exhibición de la bandera estrellada" sin que haya razones y motivos con "entidad suficiente para poder restringir el uso de un derecho fundamental reconocido en el artículo 20.1 en relación con el artículo 16.1 de la CE ".
El recurso pedía la suspensión de la orden de la delegada del Gobierno que prohibía la entrada de estrelladas y que en dictara otra de explícita para que las dejen entrar. El juez ha anulado la orden de suspensión pero en cambio ha desestimado la segunda petición que habría obligado a la delegada del gobierno en Madrid a hacer otra orden para que las fuerzas de seguridad del Estado permitieran la entrada de la estelada.
El juzgado de lo contencioso administrativo número 11 de Madrid ha acordado permitir las estrelladas, al estimar parcialmente el recurso presentado por la asociación de abogados Derechos contra la decisión adoptada por la Delegación del Gobierno. El juez no ha seguido los argumentos de la Fiscalía, que se ha posicionado en contra de dejar entrar las estrelladas en el Vicente Calderon en la misma línea que Dancausa. El Gobierno ya ha dicho que no presentará ningún recurso y que acata la decisión judicial.
El magistrado ha tumbado el orden de la Delegación del Gobierno y también los argumentos de la Fiscalía aleccionando para que no han argumentado bien la limitación de los derechos fundamentales: "Toda resolución que restringe el ejercicio de un derecho fundamental debe estar motivada, y añadió que las medidas limitadoras deberán ser necesarias para conseguir la finalidad perseguida ".
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Y el recurso del Barça?
El juez de lo Contencioso Administrativo número 15 donde ha ido a parar el recurso del Barça, diferente del de Derechos, decidirá entre esta tarde y mañana. Esta mañana se ha leído el recurso y ha pedido al Abogado del Estado y la Fiscalía que hagan sus informes. A partir de estos escritos decidirá.
Fuentes judiciales apuntan a que podría hacerse suya la resolución de lo Contencioso número 11 que ya ha derogado la prohibición, pero también podría decidir mantenerla.
Según ha informado Drets en Catalunya Ràdio, el titular del juzgado número 15, Eusebio Palacios Grijalbo, ha decidido inhibirse y no pondrá ninguna pega a la presencia de esteladas en la final de la Copa.
¿Qué alegaba el recurso?
El recurso de Drets, Òmnium, ANC y la Plataforma Pro Seleccions Catalanes, en nombre de un aficionado, defiende que la estelada es un símbolo con carga política y que por este mismo motivo, ante el ejercicio de la libertad de expresión, su prohibición está "inmotivada e injustificada, es desproporcionada" y que implica una "censura previa". El recurso se ha presentado para la protección de los derechos fundamentales de la persona, y explicita que la orden "vulnera el derecho a difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones". El texto habla abiertamente de "censura a la libertad de expresión" argumentando que la prohibición vulnera el derecho de la libertad de expresión y el de la libertad ideológica.
Drets se acoge a la resolución del Parlament de Catalunya que describe la estelada como símbolo de un anhelo y de una reivindicación democrática, legítima, legal y no violenta, y cuestiona los argumentos de la delegada del Gobierno a la hora de hacer la prohibición porque equipara la estelada con símbolos que fomentan los comportamientos violentos o terroristas. El recurso denunciaba que "ni la orden de la delegada del Gobierno, ni en las explicaciones públicas posteriores, hay la explicación o motivación de por qué este símbolo de controversia política" se ha incluido en el ámbito de aplicación del artículo de la ley que prohíbe los símbolos violentos. Según el recurso, "resulta evidente que no existe amparo legal para dictar el orden".
El catálogo de símbolos prohibidos
La Comisión Antiviolencia hace el catálogo de símbolos prohibidos a raíz de la vinculación de muchos grupos de aficionados que asisten a los partidos de fútbol, con ideologías tanto de extrema derecha como de extrema izquierda. Estos grupos aprovechan la publicidad y difusión que dan las graderías de un recinto deportivo para hacer apología de sus ideales. También pasa con los aficionados de clubs extranjeros que, a veces, esconden mensajes intolerantes o racistas que ni siquiera son conocidos por los responsables policiales ni para los responsables de seguridad privada de los clubs dejasen entrar la estelada en el campo.
El manual recoge un amplio abanico de símbolos, emblemas y banderas, tanto de España como de otros países europeos, que su exhibición puede incitar la violencia, el racismo la xenofobia o la intolerancia. El Manual sirve de guía, tanto a los funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que dan servicio a los espacios deportivos como al personal de seguridad privada del club.
Según este manual, hay 10 banderas españolas prohibidas, entre las cuales no figura la estelada. La única bandera catalana prohibida es la que lleva la esvástica, justamente porque este símbolo está explícitamente prohibido. Entre las banderas españolas que no pueden entrar a los campos de fútbol hay la que lleva el águila que exhiben los grupos fascistas ultras y la que lleva el águila bicéfala, símbolo de la organización neonazi.